El certificado de residente, obligatorio para viajar con billete bonificado a partir de este sábado


El certificado de residente, obligatorio para viajar con billete bonificado a partir de este sábado

- El certificado se puede obtener en cualquiera de los Registros de la Ciudad Autónoma, de forma presencial, o a través de Internet

- Fomento espera que "en los próximos meses" esté activo un sistema telemático que permita a navieras y aerolíneas confirmar directamente dónde está empadronado el viajero

- Resuelva todas sus dudas

A partir de este sábado, 1 de septiembre, residentes en Ceuta (como los vecinos de Baleares, Canarias y Melilla) deberán viajar como requisito inexcusable con su acreditación de residencia para recibir la bonificación al transporte aéreo y marítimo de residentes no peninsulares.

Para ello, tendrán que presentar, junto con el billete bonificado y el documento nacional de identidad (DNI) en vigor (o pasaporte en caso de ciudadanos extranjeros), como se requería hasta ahora, el certificado de empadronamiento emitido por la Ciudad Autónoma.

Con esta nueva medida, el Ministerio de Fomento "pretende mejorar la eficiencia del sistema de subvenciones actual y asegurar que los beneficiarios de las subvenciones sean quienes realmente residen en dichos territorios", según ha recordado la Delegación del Gobierno a través de un comunicado de prensa.

Quienes dispongan de certificado digital de firma electrónica pueden hacerse con él vía 'on line' entrando en la web de la Ciudad y accediendo a la pestaña 'Por Servicios', donde el interesado encontrará la opción 'Certificado de Residencia'. Los que no tengan esta credencial telemática pueden disponer del certificado (que hasta ahora costaba 2 euros), de forma igualmente gratuita, en cualquiera de las tres oficinas del Registro General de la Ciudad (se puede, para eludir esperas, solicitar cita previa en www.ceuta.es y, también, llamando al teléfono 900 701 062).

El documento tiene una validez de seis meses, por lo que se puede emplear en todos los viajes que se realice durante ese periodo y es posible presentarlo en formato electrónico (mediante smartphones, tablets, etc.), cuando haya sido emitido en dicho formato.

Agilizar trámites

Además, el Ministerio de Fomento, en colaboración con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, está trabajando con las compañías aéreas y navieras y sistemas de reserva en el desarrollo de un sistema telemático que permitirá confirmar que el ciudadano cumple los requisitos para acceder a la bonificación al transporte aéreo y marítimo cuando se emita el billete, para facilitar lo máximo posible el nuevo requisito de acreditación.

De este modo, se evitará que el ciudadano deba aportar el certificado del ayuntamiento. Su puesta en marcha está prevista "en los próximos meses".

Asimismo, se ha elaborado un documento de preguntas frecuentes de los pasajeros sobre el cambio en la forma de acreditar la residencia para la obtención de la subvención.

El certificado de residente, obligatorio para viajar con billete bonificado a partir de este sábado


Entrando en la página solicitada Saltar publicidad