NUEVA ORDENANZA

La Ciudad obligará a los dueños de edificios con más de 50 años a evaluar su estado periódicamente

La Ciudad obligará a los dueños de edificios con más de 50 años a evaluar su estado periódicamente
obra vivienda edificio
Imagen de recurso.

La Ciudad Autónoma va a ponerse al día por fin (el 29 de junio termina el plazo máximo) con la legislación para evaluar el estado de los edificios que en junio de 2013 ya habían cumplido medio siglo. La Consejería de Fomento del Gobierno de Ceuta tiene lista su propuesta de nueva Ordenanza Reguladora del Informe de Evaluación de Edificios (IEE), que una vez en vigor obligará a someter a un examen en menos de un año a todos aquellos que ya hayan cumplido cincuenta años de antigüedad. Los que cuenten con una antigüedad de 50 años, estarán obligados a disponer del IEE en el plazo de dos años a contar desde la fecha en que la alcancen.

Con ella se dará cumplimiento a la legislación nacional que el Colegio de Arquitectos exigió asumir hace ya más de un año. Su propósito es “regular la obligación formal de los propietarios de edificios y construcciones de una antigüedad superior a 50 años de presentar periódicamente un informe de evaluación en el que se haga constar el estado de conservación del inmueble y si el mismo se encuentra en condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público adecuados para el uso al que se le destina”.

Según el Ejecutivo, lo que se persigue es “poder transmitir a los ciudadanos una cultura favorable a realizar controles periódicos en la edificación”; “garantizar la durabilidad y seguridad de los edificios en Ceuta evitando su depreciación y facilitando  el diagnóstico de las distintas  patologías” y propiciar “la ejecución de las obras que subsanen las deficiencias de que adolezcan los inmuebles facilitando un control sobre el estado del parque de viviendas local”.

El deber de cumplimentar y presentar el IEE de los edificios con tipología residencial de vivienda colectiva afectará a los propietarios, las comunidades do las agrupaciones de estas que abarquen la totalidad de un complejo inmobiliario, así como a los titulares de derechos.

También estarán obligados a realizar el IEE los propietarios de cualquier edificio, “con independencia de su antigüedad”, cuando pretendan solicitar ayudas públicas para realizar obras de conservación, de accesibilidad universal o eficiencia energética, “siempre con anterioridad a la formalización de la petición”.

El informe tendrá una validez de diez años y deberá renovarse periódicamente “antes de que se cumpla dicho plazo”, cuyo cómputo se efectuará desde la fecha de la resolución de ‘apto’. Estarán capacitados para efectuarlo aquellos técnicos facultativos cualificados en función de sus competencias y atribuciones profesionales con sus respectivas especialidades debidamente habilitados.

La Ciudad publicará en el BOCCE a finales de cada año la relación de edificios que estén obligados a realizar el IEE durante el ejercicio siguiente y se establecerá un plazo de 20 días para que los obligados puedan presentar alegaciones y/o realizar consultas. Además, la Consejería de Fomento ordenará la elaboración de un Registro de Edificios informatizado de carácter interno, cuyo objeto será el control del cumplimiento de las obligaciones establecidas en cuanto al deber de realizar el IEE que regula la nueva Ordenanza.

Ayudas para paliar su coste

En el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) se deberá “verificar que se cumplan las condiciones exigidas por la normativa vigente”, en particular “las relacionadas con las condiciones de seguridad, de salubridad y de ornato”. A efectos de evaluar la accesibilidad universal del edificio, comprobará “que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la circulación por el mismo en los términos previstos en su normativa particular”. 
El veredicto será no apto cuando del análisis “se deduzca la necesidad de subsanar las  deficiencias observadas en cuanto al estado de conservación, accesibilidad  universal y eficiencia energética” y podrán requerirse obras u otras medidas urgentes o no.

La Ciudad Autónoma podrá establecer un programa de ayudas que facilite el cumplimiento de la nueva Ordenanza a aquellos propietarios “que carezcan de recursos económicos suficientes para realizar el IEE y de las actuaciones derivadas del mismo, conforme a los planes estatales de vivienda y rehabilitación, a sus normas de desarrollo y a los convenios de colaboración, disponiendo el programa de subvenciones establecidas a tal efecto en cuanto a cuantías y beneficiarios”.  Igualmente, la Administración podrá establecer “bonificaciones y/o exenciones fiscales” tanto para tramitar el IEE o la posterior licencia que ampare las obras derivadas de su carácter desfavorable.

En regiones como Madrid, para fijar el coste del IEE se tienen en cuenta los elementos que intervienen en la complejidad de una inspección: la antiguedad del edificio, su superficie, su altura… En páginas especializadas de Internet se pueden utilizar aplicaciones que sirven para estimar su precio, aunque el coste real siempre dependerá de un presupuesto concreto y específico.

La Ciudad obligará a los dueños de edificios con más de 50 años a evaluar su estado periódicamente


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