FIN DE COMPROMISOS

Defensa cifra en 71 los militares de Ceuta que irán al paro hasta 2021 por cumplir 45 años

Defensa cifra en 71 los militares de Ceuta que irán al paro hasta 2021 por cumplir 45 años
militar soldado ejército españa bandera
Imagen de recurso.

El Ministerio de Defensa prevé que un total de 71 militares con compromiso de larga duración con las Fuerzas Armadas y destinados en Ceuta verán finalizada su relación hasta el 31 de diciembre y durante los dos próximos años (2019 y 2020), según ha adelantado el Gobierno central en respuesta a una pregunta de los senadores Guillermo Martínez y Fatima Mohamed.

Ambos interpelaron a la Administración General del Estado por "cuál es la previsión del número de profesionales del Ejército destinados en Ceuta que causarán baja al cumplir la edad al efecto establecida en los años 2018, 2019 y 2020 por aplicación de la Ley de Tropa y Marinería".

Según Defensa, este año serán nueve militares de tropa profesional los afectados, 27 en 2019 y 31 en 2020. Además, tanto el año que viene como el siguiente correrán la misma suerte cuatro militares de complemento (dos cada ejercicio).

militares cuadro

Ceuta comenzó este año, de acuerdo con los números del último Boletín Estadístico del personal al servicio de las Administraciones Públicas, una estadística elaborada por el Registro Central de Personal, con un total de 3.155 efectivos de las Fuerzas Armadas en la ciudad, 2.875 varones y 280 mujeres.

La Asociación Militar Profesional '45 Sin Despidos' ha denunciado una presunta infracción por el Estado Español del derecho comunitario en base a una triple supuesta "discriminación" por razón de edad, en materia salarial y por la vinculación temporal. "Siendo el acceso a la condición de MPTM, idéntica, las funciones idénticas y la inclusión dentro de la estructura de Defensa igual a los permanentes, no se entiende que las condiciones de empleo y trabajo, su remuneración, y las condiciones de despido sean distintas", argumenta.

El cese de los MPTM se produce automáticamente el día que alcanzan los 45 años de edad y para la asociación "la discriminación por razón de la edad que fija el artículo 10 de la Ley 8/2006 es arbitraria y no se apoya en hechos objetivos de ningún tipo ni en finalidades legitimas del Estado ya que se establece subjetiva, y arbitrariamente, sin razones objetivas, esa edad como causa de finalización de la contratación temporal, igual que de modo arbitrario determinó el reingreso de los anteriores militares que habían cesado en su compromiso al amparo de anteriores regulaciones".

La Asociación de Militares de Tropa y Marinería (AMTM) judicializó el año pasado la situación de “más de 40” soldados de la ciudad que cursaron instancias en las que solicitaban a Defensa la concesión de una relación de servicio de carácter permanente para, en consecuencia, adquirir la condición de militar de carrera con la consiguiente firma de un compromiso único en las Fuerzas Armadas, solicitudes desestimadas por la Subsecretaria.

La legislación establece varias modalidades de relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas: el compromiso inicial, renovable hasta completar un máximo de 6 años; el de larga duración, que va hasta los 45 años de edad; y la condición permanente, para la que se requiere estar en posesión como mínimo de la titulación de técnico del sistema educativo general o equivalente, tener cumplidos 14 años de servicio activo desde su ingreso en las Fuerzas Armadas y las demás condiciones que se determinen reglamentariamente, valorándose especialmente el empleo, los méritos profesionales y los años de servicios.

Los recurrentes son miembros de las Fuerzas Armadas que suscribieron un compromiso inicial con las Fuerzas Armadas el cual les fue renovado hasta obtener el de larga duración. Las resoluciones denegatorias impugnadas vulneran, a juicio de la AMTM y el bufete ‘Suárez-Valdés’ de Madrid, “la normativa europea en relación con la contratación temporal” y “la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE sobre la materia”.

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