EN MANOS DE LA AUDIENCIA DE CÁDIZ

La juez Raquel Lucini no ve motivos para inhibirse en el Caso Emvicesa

El nuevo abogado de Antonio López pidió la recusación de la magistrada.

La juez Raquel Lucini que instruye el 'Caso Emvicesa' sobre irregularidades en la concesión de VPO no aprecia motivos para abstenerse de la investigación de este procedimiento tal y como pide la defensa del principal acusado, el ex gerente de la empresa pública de vivienda. Antonio López, que entiende que su relación personal con un "funcionario policial" puede interferir en el proceso.

La juez que instruye la causa conocida como 'Caso Emvicesa' no aprecia motivos para abstenerse de la investigación de este procedimiento. Según señala en su informe, explica el TSJA, si los hubiera advertido (los motivos) habría presentado la solicitud de abstención al inicio de las actuaciones sobre esta causa". Por ello, la juez considera que la causa de recusación no debe ser admitida.

Una opinión que comparte la Fiscalía. Al Juzgado han llegado también las alegaciones del fiscal solicitando, en el mismo sentido, que no se admita la recusación presentada por una de las partes del proceso, dado que se trata de una recusación extemporánea, fuera del plazo de 10 días desde el inicio de las diligencias que la LOPJ (art. 223) señala para presentar una recusación. Este procedimiento, recuerda el fiscal, se abrió en julio de 2015.

Respecto al auto de inhibición por parte de la juez del Juzgado de Instrucción N.2, en el escrito de la juez Raquel Lucini se indica como la firma digital es inviolable y es la que da validez en el expediente digital (firma electrónica que corresponde a la juez de Instrucción N.2). 

Habiéndose pronunciado las partes, la decisión recae en la Audiencia de Cádiz, que es quien recibe esta causa de recusación y nombra instructor.