FIN DEL PLAZO DE INSTRUCCIÓN

Archivan la pieza separada del 'caso Emvicesa' sobre tráfico de influencias para adjudicar viviendas

Archivan la pieza separada del 'caso Emvicesa' sobre tráfico de influencias para adjudicar viviendas
justicia audiencia
Imagen de recurso.

La instructora del ‘caso Emvicesa’ ha archivado con un aparente quejido de lamento por no haber podido seguir en ella, pues no ve la cosa clara, la pieza separada que desgajó en noviembre de la macrocausa principal por un presunto delito de tráfico de influencias derivado de los “indicios criminales” que se hallaron en el domicilio del ex gerente y ex responsable de Vivienda en el Gobierno local Antonio López y del análisis de sus conversaciones vía Whatsapp.

Entre los nueve citados a declarar (ocho más Lopez) estaban la ex consejera de Fomento, un director general de la Ciudad Autónoma, un ex representante de Ciudadanos (Cs) en el Consejo de Administración de Emvicesa y en la Comisión Local de la Vivienda, una asesora del Ejecutivo de Vivas, adjudicatarios de viviendas (incluso por sorteo) en distintas promociones de la ciudad, un conocido abogado y un agente de la Policía Nacional que fue el único que se negó a decir nada en sede judicial.

La magistrada ha concluido que “examinadas las pruebas practicadas” se deduce que “todos” los investigados “dirigieron algún tipo de iniciación a Antonio López”, en cuya situación procesal como imputado por delitos de “cohecho, organización criminal, falsedad documental, prevaricación y blanqueo de capital” no considera “baladí” incidir también en este auto porque “presuntamente vendía viviendas de VPO”.

“Se relacionaba con personas de Ceuta que, por determinadas circunstancias, influían en López y solicitaban viviendas para particulares necesitados de ellas”, mantiene la jueza, que refiere que “las conversaciones mantenidas por los investigados” en la pieza separada ahora archivada “ponen de manifiesto, al menos a priori, que se mantenían conversaciones sobre viviendas y personas que posteriormente salían en la conocida ‘lista fantasma’ teniendo previamente un compromiso”.

La juez señala que “habiendo dado razón de sus conversaciones todos los investigados salvo M.H.A. [el mencionado policía], que no dio razón alguna del contenido claro de su conversación en relación con la beneficiaria de una vivienda de la ‘lista fantasma”, sin embargo “no ha quedado explicado por qué facilitaban datos concretos y personales de terceras personas como nombres y DNI, por qué hablaban en esos términos, qué trabajo les relacionaba con López para justificar sus conversaciones...”.

“En definitiva porque no dan razones convincentes de las mismas e incluso uno se niega a declarar”. “Sin embargo, su negativa de los hechos, unida a las ausencias de más diligencias que puedan acreditar los hechos y el paso del tiempo de la instrucción que impide seguir practicándolas, hace que deba terminarse el proceso”, razona, ya que en caso de persistir podrían “ser nulas de pleno derecho”.

El artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al que se ciñe la jueza para decretar el sobreseimiento, establece que “las diligencias de instrucción se practicarán durante el plazo máximo de seis meses desde la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas” a no ser que una causa se declare compleja.

El informe policial

Esta pieza se abrió después de que la UDYCO elevase al Juzgado su informe sobre el teléfono móvil de López. Sobre una de las investigadas los propios agentes reconocieron que no parecía haber base para imputarle delito alguno a una persona que había sido beneficiaria de casa en el sorteo pero sí dejaron abierta la puerta a endosarle otros al ex gerente por entregar una vivienda protegida irregularmente aunque no mediase solicitud de la contraparte.

"Se atisban una serie de delitos como son el de cohecho y el de tráfico de influencias" y se ha conseguido identificar "a los presuntos autores de los mismos", indicaba literalmente el último informe de la UDYCO al respecto. "Igualmente", del análisis de las tarjetas de visita halladas en el domicilio de López (de Gregorio García Castañeda, el fallecido Pedro Gordillo, José Luis Morales, Francisco Sánchez Paris, otro policía nacional...)  también deducen los investigadores la existencia de "presuntos responsables del delito de tráfico de influencias".

A juicio de los agentes, con ambas fuentes "se evidencia que las viviendas eran entregadas mediante el tráfico de influencias, por lo que para esta instrucción no queda género alguno de duda en cuanto a que eran entregadas a personas que no tenían los requisitos exigidos ni pasaban el pertinente y legal proceso que debía llevar y que eran adjudicadas a cambio de dinero o arbitrariamente a través del tráfico de influencias".

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