La CECE exige la bonificación lineal del 50% en los arrendamientos de inmuebles por empresas locales


La CECE exige la bonificación lineal del 50% en los arrendamientos de inmuebles por empresas locales

- La patronal ceutí denuncia que la Agencia Tributaria está realizando una interpretación "restrictiva" de la normativa sobre las ventajas fiscales previstas en el Régimen Económico y Fiscal (REF) especial

- Hacienda no aplica la bonificación a las empresas cuya actividad consista en el arrendamiento si no disponen de un local exclusivo para ello ni una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa

La Confederación de Empresarios de Ceuta (CECE) que preside Rafael Montero Ávalos ha defendido a través de un comunicado de prensa que considera que el arrendamiento de bienes inmuebles situados en la ciudad autónoma y realizados por sociedades mercantiles "siempre tiene derecho a la bonificación del 50% prevista en la Ley del Impuesto sobre Sociedades, en contra de la opinión de la Agencia Tributaria".

"Hasta la fecha las empresas ceutíes que tienen inmuebles (locales, garajes, almacenes, viviendas, etc…) destinados al alquiler aplican la bonificación del 50% con independencia de la estructura empresarial de la compañía, es decir, con independencia de que esta tenga o no empleados por cuenta ajena y que tenga o no un local específico donde se gestiona la actividad de arrendamiento", ha explicado la patronal ceutí, que justifica este criterio "porque en la actualidad estas gestiones son fácilmente externalizables o realizadas por el propio administrador de la sociedad propietaria de los inmuebles".

A juicio del empresariado local el artículo 33 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades de 2004 deja claro que “tendrá una bonificación del 50%, la parte de cuota íntegra que corresponda a las rentas obtenidas por entidades que operen efectiva y materialmente en Ceuta, Melilla o sus dependencias” y considerando estas entidades como aquellas “entidades españolas domiciliadas fiscalmente en dichos territorios”, “entidades españolas domiciliadas fiscalmente fuera de dichos territorios y que operen en ellos mediante establecimiento o sucursal” y “entidades extranjeras no residentes en España y que operen en dichos territorios mediante establecimiento permanente”.

"Además, el propio texto de la norma indica que se entenderá por operaciones efectiva y materialmente realizadas en Ceuta, Melilla o sus dependencias aquéllas que cierren en estos territorios un ciclo mercantil que determine resultados económicos y", ha recordado la CECE, "que no se estimará que median dichas circunstancias cuando se trate de operaciones aisladas de extracción, fabricación, compra, transporte, entrada y salida de géneros o efectos en aquéllos y, en general, cuando las operaciones no determinen por sí solas rentas”.

Interpretación "restrictiva"

Sin embargo la delegación en Ceuta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria "está considerando, en determinados procedimientos de comprobación limitada, que no puede aplicarse dicha bonificación del Impuesto sobre Sociedades a empresas domiciliadas en Ceuta cuya actividad económica consista en el arrendamiento de bienes inmuebles radicados en Ceuta en aquellos casos en los no se disponga de un local exclusivamente destinado a llevar a cabo la gestión de la actividad ni una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa".

"Vuelve a darse una interpretación restrictiva de norma sobre las bonificaciones previstas en el régimen económico y fiscal de Ceuta, que perjudican la actividad de arrendamiento de bienes inmuebles", ha denunciado sobre este proceder la Confederación, que ya ha trasladado este "nuevo escenario" a la Ciudad Autónoma de Ceuta a fin de que "analice la situación y no se sigan perdiendo ventajas fiscales amparadas por la Ley del Impuesto sobre Sociedades".

Igualmente la entidad que lidera Montero Ávalos ha recomendado a sus asociados "que traten de hacer valer sus derechos mediante la interposición de los correspondientes recursos y reclamaciones".

La CECE exige la bonificación lineal del 50% en los arrendamientos de inmuebles por empresas locales


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