CONSEJO DE GOBIERNO

La Ciudad defiende la contratación por colaboración social porque “dignifica” al parado

La Ciudad defiende la contratación por colaboración social porque “dignifica” al parado
Jacob Hachuel (1 de 1)
Jacob Hachuel.

La Ciudad no ve problema alguno en recurrir a la figura de colaboración Social para cubrir puestos temporales, como hasta ahora se hacía con el Plan de Empleo. Es una fórmula legal, supone un ahorro para la Ciudad,que aunque condidera que es la razón menos importante, “sería un desperdicio no hacerlo”, ha reflexionado el portavoz Jacob Hachuel, . Y, además, “dignifica” al parado que, de otro modo, no tendría opción a un subsidio.


El portavoz del Gobierno Jacob Hachuel, ha defendido la legalidad, la necesidad y la oportunidad de recurrir a la contratación de desempleados de las listas del SEPE bajo la fórmula de colaboración social. Contratos “escrupulosamente” realizados de acuerdo a la Ley y siempre bajo la tutela y visto bueno del Servicio Público de Empleo (SEPE).

Hachuel niega tajantemente que se esté recurriendo a la Colaboración Social para cubrir puestos estructurales de la Administración Local sino empleo eventuales, acotados en el tiempo para labores concretas, “desbroce, vigilancia de hechos concretos o circunstancias muy puntuales sobrevenidas, pone como ejemplo. Durante 2018, la Ciudad recurrió a cerca de dos centenares de desempleados y según los sindicatos, en 2019 recurrirán a 168.

Hachuel admite que la Ciudad se beneficia, “pero las personas también”. “No me negará usted que sería realmente un desperdicio no recurrir a ese instrumento que prevé la Ley está en los presupuestos”. La otra alternativa, más farragosa e ineficaz, alega, sería convocar unas oposiciones. “Y estos no son puestos que puedan salir mañana en una oferta pública de empleo”, razona Hachuel. Con la Colaboración Social, argumenta el portavoz en funciones del Ejecutivo de Vivas, no solo la Ciudad se ahorra pagar a la Seguridad Social y completar el subsidio hasta el salario mínimo, también “ayuda” a esas personas que no tiene otro recurso, que no tienen ni desempleo, ni ayudas y que por eso precisamente s eles permite tener un ingreso a cambio de un trabajo, que eso también dignifica”.

La figura de la Colaboración Social se creó con la finalidad de mantener la actividad laboral de trabajadores perceptores de prestaciones por desempleo, sin pérdida por parte de éstos de dichas prestaciones. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o el respectivo servicio de empleo de las Comunidades Autónomas que hayan asumido la transferencia de gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo (INEM) en materia de trabajo, empleo y formación, puede ofrecer y exigir a todo trabajador desempleado que perciba la prestación o el subsidio por desempleo, trabajos para una Administración Pública; concretamente, la prestación temporal de un trabajo de colaboración social, cuya principal característica es que su realización resulta obligatoria para los perceptores de prestaciones por desempleo, y no supone existencia de relación laboral entre el desempleado y la entidad en que presten dichos trabajos.

Una falta de relación contractual que explica que el trabajador no cotice durante este periodo y no acumule derechos ni puntos por haber trabajado para una administración pública. Este régimen de trabajo no conforma una relación normal, sino una modificación del régimen de desempleo, rasgo éste que resulta de gran importancia, por cuanto determina que no resulte aplicable a estos trabajadores el contenido de los convenios colectivos ni tampoco el conjunto de la legislación laboral.

Los sindicatos UGT y CCOO ya han anunciado que llevarán a los tribunales estas contrataciones, al considerarlas un fraude.

La Ciudad defiende la contratación por colaboración social porque “dignifica” al parado


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