OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO

Ciudad y Sindicatos acuerdan no dejar fuera a nadie del proceso de consolidaciones

Ciudad y Sindicatos acuerdan no dejar fuera a nadie del proceso de consolidaciones
Sede de UGT en el Ayuntamiento
Sede de UGT en el Ayuntamiento

Los sindicatos UGT, CCOO y CSIF y el Gobierno de la Ciudad han consensuado el listado de  334 personas entre funcionarios y laborales, lo que supone el cien por cien de las personas que hipotéticamente podían consolidar, con las contadas excepciones de los interinos que ocupan el puesto de otra persona o aquellos que han entrado en el Ayuntamiento en los dos últimos años, “los demás entrarán todos en el proceso de consolidación”, ha adelantado UGT.

Así y todo, desde UGT, se muestran satisfechos tras haber logrado su objetivo inicial, recordando que la primera oferta del Gobierno dejaba fuera a 200 personas, la segunda ya se recortó a 40 y en esta tercera ronda se ha conseguido no dejar fuera a nadie. Así,  este proceso de consolidaciones va a salir junto a la oferta pública de empleo como oferta complementaria de 334 personas. Unas negociaciones que arrancaron en junio con una oferta del Gobierno que dejaba  fuera de las consolidaciones a dos centenares de personas, “un listado que no quisimos difundir porque nos parecía alarmista”, explica Antonio Ramírez, de UGT,  al que el tiempo ha dado la razón.

El acuerdo está ya firmado por las partes, con lo que queda cerrada la primera parte del proceso de consolidación, “ahora faltan las bases de la convocatoria”, recuerdan desde UGT, “l aparte más complicada”, aun así, aún queda por ver cómo encajar a las 40 personas que faltaban en los procesos de consolidación y de estabilidad, pero “es solo una formalidad administrativa”.

Los plazos para rematar este proceso no están claros, “el acuerdo lo dice muy claro, tenemos hasta 2020”, explica Ramírez,  “UGT va a plantear que finalice antes de 208, aprovechar este mes y el que viene para cerrar las bases si hay voluntad por todas las partes e iniciar los procesos en enero o febrero, podría estar finalizado para bien de todo el mundo en 2018”.

Texto íntegro del acuerdo:

ACUERDO ADMINISTRACIÓN CIUDAD DE CEUTA-CENTRALES SINDICALES CON REPRESENTACIÓN EN LA MESA GENERAL DE NEGOCIACION.

Es intención de esta Administración abordar la estabilidad en el Empleo público dentro del ámbito de la Ciudad de Ceuta. La crisis sufrida ha ocasionado unas restrictivas ofertas de empleo público sometidas, en todo caso, a las limitaciones legales y presupuestarias, conllevando a la imposibilidad, además, de ofrecer la estabilidad merecida a los empleados públicos de nuestra Administración.

Reconociendo el esfuerzo realizado por los empleados públicos durante los años de la crisis, ha llegado el momento, siempre dentro de los límites que la ley marca, de afrontar el grave problema de la temporalidad en nuestra Administración.

Hay que recordar que el 29 de marzo el Ministerio de Hacienda y Función Pública firmó un Acuerdo con las principales centrales sindicales (CCOO, UGT, CSI-F) relativos a la mejora del empleo público y, en consecuencia, a su estabilidad. En el mismo sentido, el Gobierno de la Ciudad junto con las centrales sindicales con representación en el ámbito de la misma, quiere celebrar un acuerdo para afrontar la anhelada estabilidad en el empleo en el ejercicio de la facultad de auto-organización que le asiste.

En virtud de dicho Acuerdo y las previsiones legales previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017, la Ciudad de Ceuta y las centrales sindicales abajo firmantes,

ACUERDAN

1. Oferta de empleo público.

En el ejercicio 2017, dada la extraordinaria y urgente necesidad de que se produzcan las incorporaciones en los Cuerpos de la Policía Local y Servicio de Extinción y Salvamento, al considerar la seguridad y protección de los ciudadanos unos objetivos prioritarios, se ha aprobado una Oferta de Empleo Público ordinaria, para la inmediata convocatoria de los procesos selectivos de las plazas pertenecientes al Cuerpo y Servicio antes dichos, así como con las plazas que respetando la Ley de Presupuestos Generales del Estado procedía convocar. Dicha Oferta ha de ser complementada con las plazas del proceso de estabilización de empleo temporal derivadas del artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con lo que a continuación se expone:

Medidas en materia de reducción de empleo temporal.

Con el fin de acabar con las altas tasas de temporalidad que existen en nuestra Administración, es interés de las partes firmantes, reducir drásticamente la misma, de manera que se hecho uso de las previsiones que en dicha materia recoge la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017, para reforzar la estabilidad de las plantillas, y sin que al cabo de los dos ejercicios venideros se produzca un nuevo aumento de la temporalidad.

Para ello, las partes firmantes, distinguen entre los siguientes tipos de plazas cubiertas por personal temporal:

a) Plazas de carácter estructural (funcionarios y laborales) que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016.

b) Plazas de carácter estructural (funcionarios y laborales), dotadas presupuestariamente, y cubiertas ininterrumpidamente desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005 de manera interina o temporal. A estas convocatorias les será de aplicación lo previsto en el apartado tercero de la Disposición transitoria Cuarta del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

c) Plazas estructurales de personal laboral que están cubiertas por efectivos declarados como indefinidos no fijos por sentencia judicial que no sean objeto de amortización que vengan estando ocupadas por personal con dicha vinculación desde hace al menos tres años a contar desde la entrada en vigor del presente acuerdo, y todos aquellos que se encuentren en dicha situación. Dicho tratamiento será de aplicación a los indefinidos por conversión y plazas que siguen ocupadas por efectivos temporales que partieran de la misma situación que aquellos, sin perjuicio de que se encuadren, según los casos, en alguno de los apartados anteriores.

La determinación de las plazas incluidas en esta Oferta complementaria de 2017 será la que se apruebe en Mesa Negociadora previo los trabajos realizados en el grupo de trabajo constituido a tal efecto, en el que se hará constar la justificación de cada una de las plazas que entran en esta oferta.

Una vez aprobada la Oferta complementaria a la de 2017, la articulación de estos procesos selectivos, deberá garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad y serán objeto de negociación en la Mesa General de Negociación, en cuyo marco podrá ser objeto de valoración entre otros méritos, en su caso, el tiempo de servicios prestados a la Administración. Para la conformación de las respectivas bases se podrá crear un grupo de trabajo encargado de la elaboración y preparación de las mismas.

De la resolución de estos procesos, no podrá derivarse, en ningún caso, incremento de gastos ni de efectivos, debiendo ofertarse en estos procesos exclusivamente las plazas de naturaleza estructural que se encuentren desempeñadas por personal interino.

4.- Vigencia del Acuerdo.

El presente Acuerdo tendrá vigencia durante los ejercicios 2017, 2018 y 2019, tendrá eficacia desde su firma por las Partes, y se respetará la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada año.

Ciudad y Sindicatos acuerdan no dejar fuera a nadie del proceso de consolidaciones


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