Los empresarios podrán regularizar a sus trabajadores irregulares sin sanciones hasta el 31 de julio


Los empresarios podrán regularizar a sus trabajadores irregulares sin sanciones hasta el 31 de julio

- El delegado detalla a los empresarios la nueva normativa contra la economía irregular, que multiplica las multas por tener trabajadores no dados de alta ante la Seguridad Social o mientras perciben prestaciones por desempleo

- A partir de agosto las empresas que resulten sancionadas por una infracción grave en materia de empleo no declarado serán excluidas de las contrataciones con el sector público

El delegado del Gobierno en Ceuta, José Fernández Chacón, se ha reunido con los representantes de las asociaciones de empresarios, graduados sociales, responsables del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) y de la Consejería de Economía y Empleo de la Ciudad Autónoma para "explicarles las medidas del Gobierno para la regularización y control del empleo sumergido, incluidas en un Decreto Ley que se aprobó el pasado jueves", según ha informado la institución de la Plaza de los Reyes en un comunicado de prensa sobre un texto que ya ha sido duramente criticado por la patronal de otras regiones españolas.

Este encuentro, presidido por Chacón, ha contado con la presencia de la jefa del Área de Trabajo, María Remedios Muñoz, quien ha sido la encargada de trasladar a los agentes sociales presentes el contenido de este plan, que pretende "ante todo sensibilizar especialmente a las empresas sobre la gravedad de los perjuicios que conlleva del empleo sumergido, así como informar acerca del endurecimiento de las sanciones".

Por todo ello, se ha trasladado el mensaje de que habrá "tolerancia cero con el empleo irregular", abriendo además un periodo de regularización voluntaria del empleo sumergido que permita evitar mayores responsabilidades sancionadoras y acogerse a determinadas ventajas: hasta el 31 de julio de este año, los empresarios que ocupen trabajadores de forma irregular podrán regularizar su situación solicitando su alta en la Seguridad Social en el Régimen correspondiente sin recibir sanciones.

Además, podrán acogerse a las reducciones y bonificaciones que conlleve el contrato que realicen, incluyendo una reducción del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social si el contrato es a tiempo parcial. Igualmente, estos empresarios podrán aplazar los ingresos de las cuotas correspondientes de la Seguridad Social.

En este sentido, se ha remarcado que la economía irregular "es negativa tanto para empresarios como para trabajadores". "Los primeros porque si no regularizan la situación laboral de sus empleados, están ejerciendo una competencia desleal respecto de una gran mayoría que sí cumple la ley, y para los trabajadores porque se les priva de protección social y sus derechos laborales", ha subrayado la Delegación.

Asimismo, también se ha querido dejar claro que "el país en su conjunto se perjudica porque se limita el crecimiento económico y las cuentas públicas en un momento en el que es necesario aumentar el gasto en protección social".

Control de la Inspección

La Delegación ha advertido de que la Inspección de Trabajo seguirá "actuando en el control de la economía sumergida durante el periodo de regularización y sancionará a los empresarios que ocupen trabajadores de manera irregular sin haberlos dado de alta".

Además, desde el 1 de agosto entrará en vigor "un importante incremento de todas las sanciones que tienen que ver con el empleo no declarado, que pretende impulsar el proceso de regularización".

Por falta de afiliación o alta de trabajadores en la Seguridad Social se pasará de una sanción mínima de 626 euros a una de 3.126 euros (se multiplica por 5), y una sanción máxima de 10.000 euros, lo que supone casi duplicar la sanción anterior, de 6.250 euros

Además, los empresarios que ocupen a trabajadores perceptores de prestaciones por desempleo o pensiones incompatibles con la actividad laboral verán que la cuantía mínima de la sanción prácticamente se duplicará, pasando de 6.251 euros a 10.001 euros. En este supuesto el empresario puede, además, ser excluido por dos años de todos los beneficios de ayudas o bonificaciones en programas de empleo (antes era solo un año).

Nuevas medidas de control sobre la economía irregular

Por otro lado, a partir del 1 de agosto entrarán en vigor dos "importantes medidas" en el control de la economía irregular. La primera de ellas contempla imponer a las empresas que contraten o subcontraten obras o servicios de su propia actividad o cuyos trabajadores presten servicios en la empresa principal "la obligación de comprobar que los trabajadores de las contratas y subcontratas estén dados de alta en la Seguridad Social". Si la empresa no realiza esta comprobación, se entiende que comete una infracción grave, con una multa que oscila entre los 626 y los 6.250 euros (esta infracción no existía con anterioridad).

En segundo lugar, las empresas que resulten sancionadas por una infracción grave en materia de empleo no declarado serán excluidas de las contrataciones con el sector público.

La Delegación ha resaltado que esta "no es la primera actuación" que el Gobierno realiza en la lucha contra el empleo no declarado: durante los tres últimos años, la Inspección de Trabajo en Ceuta ha realizado 18.980 actuaciones en empresas, con un importe en sanciones de 4,6 millones de euros.

Los empresarios podrán regularizar a sus trabajadores irregulares sin sanciones hasta el 31 de julio


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