COMPENSACIONES

La reversión fallida de recortes deja al profesorado en la "excepcionalidad" y pone a los IES en un brete

La reversión fallida de recortes deja al profesorado en la "excepcionalidad" y pone a los IES en un brete
aula secundaria abyla
Imagen de recurso.
Con la ley de marzo que el PSOE presentó como definitiva para devolver ratios y jornadas a la situación previa a la crisis, incumplida en Ceuta, se derogó el Real Decreto de 2012 del PP y los institutos vuelven a regirse por la normativa de 2012, que estipula que cada hora extra de clase sobre 18 debe ser "compensada" con la liberación de obligaciones en el doble de sesiones complementarias de obligada permanencia en los centros.

Con tanto cambio de rumbo en la travesía para revertir los recortes aplicados por el PP en 2012 en el ámbito educativo, el Ministerio de Educación socialista ha acabado dejando a los institutos a la deriva, con una normativa legal vigente que exige compensar al profesorado cada hora de más de clase que impartan sobre 18 semanales con el doble de complementarias. Los equipos directivos de los IES se ven ahora ante la disyuntiva de prescindir de desdobles y refuerzos (con el consiguiente perjuicio para la calidad educativa) o de verse sin recursos para atender a todos sus grupos ante cualquier contingencia.

Cuando parecía que el año académico 2019-2020 estaba encarrilado, curvas. Los profesores han quedado en situación de “excepcionalidad” por exceder en dos la jornada ordinaria establecida en la normativa de los años noventa.

El pasado mes de marzo se aprobó la Ley 4/2019 de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria, con la que el Gobierno de Sánchez presumió de derogar el Real Decreto (los artículos 2, 3 y 4) de 2012 con el que el PP amplió las ratios de estudiantes por aula y, entre otras cosas, estableció que la parte lectiva de la jornada semanal del personal docente sería, “como mínimo, de 25 horas en Infantil y Primaria y de 20 horas en las restantes enseñanzas “.

La nueva ley “recomienda” con carácter ordinario “un máximo de 23 horas” en los colegios y “un máximo de 18” en los institutos. En paralelo, incumplió su propio consejo: en su territorio de gestión, las dos ciudades autónomas, el Ministerio no amplió lo suficiente el cupo docente para compensar la 'pérdida' de un 10% del horario del profesorado, que teóricamente seguiría trabajando como en la era de Rajoy.

Más allá del reproche político por incumplimiento, una vez derogado el Real Decreto de Wert, las fuentes consultadas por Ceutaldia.com advierten que rige la Orden de 1994 que recoge “las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los institutos de Educación Secundaria”. En su articulado se estipula que “los profesores de Secundaria y los técnicos de Formación Profesional impartirán como mínimo 18 períodos lectivos semanales, pudiendo llegar excepcionalmente a 21 cuando la distribución horaria del departamento lo exija y siempre dentro del mismo”.

Aparentemente todo dentro de los límites, pero a continuación señala que “la parte del horario comprendido entre los 18 y 21 períodos lectivos”, dos este año escolar, debe compensarse en horas complementarias “a razón de dos horas por cada período lectivo”.

En total, en el instituto tienen que pasar 25 horas (o 27 sesiones de 50 minutos) de lunes a viernes. Al margen de sus clases, los profesores deben cumplir una hora de departamento y otra de atención a padres, pero de las cinco restantes cuatro deben ser liberadas (“compensadas”) sin obligación, por ejemplo de hacer guardias, esto es, sustituir a compañeros ausentes. Aplicando la legislación vigente solo deben hacer una, lo que amenaza con descuadrar los horarios de los IES.

La reversión fallida de recortes deja al profesorado en la "excepcionalidad" y pone a los IES en un brete


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