La fiscalía remite el caso al Juzgado de Guardia amparándose en la imposibilidad de continuar con la investigación al negarse el denunciante (Juan Luis Aróstegui como secretario general de Comisiones Obreras) a revelar las fuentes que propiciaron la denuncia al aducir posibles represalias contra la persona que informó al sindicato.El resto del documento hace referencia a normativa legal para justificar el que la denuncia pudiera ser constitutiva de infracción penal, así como que la no revelación de las fuentes produce un problema al tratarse de un testigo referencial y no uno directo. El testigo referencial, según el fiscal, "no es un problema de legalidad (puesto que es una figura que está contemplado) sino una cuestión de credibilidad". A este respecto hace mención al artículo 420 de la Ley de enjuiciamiento criminal relativo a que la persona que en al primer llamamiento judicial se negase a declarar sobre los hechos preguntados incurriría en multa de 200 a 5000 euros y si persistiere en su resistencia sería perseguido por obstrucción a la justicia y desobediencia grave a la autoridad. Esto último no ha ocurrido puesto que Aróstegui no ha sido llamado judicialmente.
Fuentes de Comisiones Obreras han comunicado a este medio que presentarán un escrito mostrando su malestar a la Fiscalía por lo que consideran una “precipitación”, puesto que el mismo 29 de Enero fue presentada en Fiscalía la denuncia de F.D.M. en la que relataba malos tratos a un familiar directo. Con respecto a la negativa de Aróstegui a revelar las fuentes, desde el sindicato se informa que el secretario general de CCOO dijo en su ratificación ante el Fiscal, que debía previamente solicitar la autorización de la fuente para revelar sus datos.
Ceutaaldia.com les ofrece el texto integro del decreto fiscal .(La descarga puede tardar unos minutos)
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