CONSUMIDORES VULNERABLES

Miles de ceutíes no se benefician del 'bono social' para pagar entre un 25% y un 40% menos por la luz

Miles de ceutíes no se benefician del 'bono social' para pagar entre un 25% y un 40% menos por la luz
familia apaisada
Todas las familias numerosas se consideran 'consumidores vulnerables'.

Pese a ser, según las estadísticas oficiales, la capital española de la pobreza, Ceuta es también, de acuerdo con los últimos datos publicados por el Gobierno central, que los divulgó en mayo en respuesta a una pregunta parlamentaria del PSOE con cifras relativas al tercer trimestre de 2016, la única región sin ningún beneficiario del 'bono social', que permite a las familias vulnerables (casi 2,5 millones en toda España hace doce meses) acceder a descuentos en la factura de la luz.

El Ministerio de Energía acaba de aprobar una nueva normativa para los consumidores vulnerables (personas físicas acogidas al precio voluntario de pequeño consumidor (PVPC) con potencia contratada en su vivienda menor o igual a 10kW de electricidad). A partir de ahora se concede en función de la renta y limita la cantidad de energía 'subvencionada' a la que se pueda acceder a precios ventajosos.

La solicitud debe dirigirse a cualquiera de los comercializadores de referencia, entre ellos la Empresa de Alumbrado, que exige rellenar un formulario y remitirlo, junto con la documentación que se requiere (fotocopia DNI, certificado de empadronamiento, libro de familia...), a través de alguno de estos medios:

  • En nuestras oficinas de calle General Serrano Orive, nº 19 de Ceuta.
  • Adjuntando la documentación al Correo electrónico:[email protected]
  • Enviando la documentación al Fax: 956 517 684.
  • Correo postal: Apartado de Correos 13, 51080, Ceuta.
  • Teléfono: 900 103 306, remitiendo la información justificativa por alguno de los medios anteriores.

El 'bono social' es un descuento que se aplica sobre el precio voluntario para el pequeño consumidor a un límite máximo de energía en el periodo de facturación. Puede solicitarlo todo sujeto considerado 'consumidor vulnerable', 'consumidor vulnerable severo' o 'consumidor vulnerable en riesgo de exclusión social'.

En los dos primeros casos el descuento se aplica sobre el término de energía y sobre el término de potencia del PVPC pero en el primero existe un límite máximo anual de energía con derecho a descuento:

tabla límite consumo

Los 'consumidores vulnerables' pueden acceder a un descuento del 25% de la factura mensual. Han de cumplir alguno requisitos como que el nivel de renta anual sea inferior o igual 11.279,39 euros al año si se trata de una persona sola o sin menores a cargo; 15.039,19 euros al año si hay un menor en la unidad familiar; 18.798,98 euros al año si hay dos menores en la unidad familiar. Estos umbrales se incrementan en 0,5 veces el IPREM en los casos en que algún miembro de la familia tenga discapacidad mayor o igual al 33%, sea víctima de violencia de género o sea víctima de terrorismo.

También se benefician los pensionistas en el caso de que el solicitante (o de que haya unidad familiar, todos los miembros de la misma) perciban la pensión mínima (por jubilación o invalidez permanente). Igualmente se incluyen la totalidad de las familias numerosas.

Los 'clientes vulnerables severos' tienen la posibilidad de disfrutar de un descuento del 40% de la factura mensual. Por nivel de renta, son todos los vulnerables que además tengan niveles de renta inferiores al 50% de los límites válidos para 'clientes vulnerables'.

Finalmente, para los 'clientes vulnerables severos en riesgo de exclusión social' se establece un descuento del 50% en su factura. En esta categoría están los atendidos por Servicios Sociales si estos financian al menos el 50% del importe de su recibo. No se les puede cortar la luz en caso de impago y para ello la nueva regulación establece un mecanismo por el que la comercializadora de electricidad tendrá que hacer una aportación financiera adicional, asumiendo el resto del recibo que no cubra la Ciudad Autónoma.

Plazos

El comercializador dispone de 15 días hábiles desde la recepción de solicitud del bono social junto con la documentación completa, para comunicar al solicitante el resultado de las comprobaciones efectuadas. El bono social se aplicará en la primera factura recibida tras la solicitud, siempre y cuando haya sido emitida al menos en los 15 días hábiles posteriores a la recepción de dicha solicitud. En caso contrario, la aplicación empezará en la factura inmediatamente posterior.

El bono social solicitado se aplicará durante el plazo de dos años, siempre que con anterioridad no se produzca la pérdida de alguna de las condiciones que dan derechos a su percepción. Para el caso de las familias numerosas, la vigencia se mantiene hasta la caducidad del título. En cualquier caso, el consumidor está obligado a comunicar al comercializador cualquier cambio que suponga la pérdida de la condición de consumidor vulnerable, en el plazo de un mes desde que se produzca dicho cambio.

Miles de ceutíes no se benefician del 'bono social' para pagar entre un 25% y un 40% menos por la luz


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