URBANISMO

¿"Obra ordinaria" o "proyecto de urbanización"?

¿"Obra ordinaria" o "proyecto de urbanización"?
gran via policia
Imagen de recurso.

La actuación urbanística proyectada por el Gobierno de Vivas para la Gran Vía es considerada por los dos técnicos que han informado al respecto una "obra ordinaria". Caballas ha escuchado la opinión de otros que la ven "proyecto de urbanización". La diferencia, que se someta o no a un plazo de información pública, se ha convertido en un asunto capital porque afecta radicalmente al tiempo en que estará terminado el proyecto, con 14 meses de periodo de ejecución.

Los localistas aseguran que llevarán el asunto por lo civil y lo penal al Juzgado si el Ejecutivo mantiene su intención de eludir ese trámite, según dice porque "no es necesario", porque "crearía un precedente" y porque "dilataría los plazos". A ojos de Caballas la única y verdadera intención es tener la obra concluida antes de las elecciones aunque el "deber" de hacerlo, como tal, no es "voluntad" sino "obligación" a la luz de la normativa vigente.

Para Caballas “es un proyecto de urbanización general que, como tal, debe seguir el procedimiento señalado para los Planes Parciales, que, entre otros trámites, introduce una fase de información pública”

La Consejería de Fomento maneja dos informes técnicos que apuntan que el proyecto de reforma de la avenida Sánchez-Prados, la Plaza de África, Jáudenes y aledaños es una “obra ordinaria” que “no tiene por objeto desarrollar integralmente el conjunto de determinaciones de un Plan de Ordenación” y en cuya tramitación no hace falta ir más allá de la “contratación administrativa”. “No se exige un periodo de información pública, en contraposición a los proyectos de urbanización", concluyen.

No obstante, avisan de que "sin perjuicio de que cualquier procedimiento puede incorporarlo, siendo recomendable el general conocimiento en aras del interés general así como atender a los principios de transparencia y buen gobierno pero que en cualquier caso pudiera hacerse por otros medios como la difusión a través de la prensa, reuniones con colectivos afectados, webs...”.

La operación afectará a 22.560 metros cuadrados y, según dichos dictámenes, será una “remodelación del aspecto superficial del ámbito descrito” que solamente debe considerarse “obra ordinaria” o, en el caso de la construcción del pórtico de los Trinitarios o las nuevas cubriciones de los accesos a los aparcamientos, “obras civiles singulares”.

Nada más lejos de la realidad para Caballas, que cree que sobran motivos políticos y técnicos para exigir que la obra, desde su punto de vista un “proyecto de urbanización" aunque lo nieguen informes encargados “a técnicos que hasta la fecha no habían firmado ni uno de este tipo”.

Los localistas esgrimen el Reglamento de Participación Ciudadana, la Ley de Transparencia, la de Suelo y Rehabilitación Urbana y hasta la jurisprudencia de lo Contencioso-Administrativo para concluir que “todos los instrumentos de ejecución urbanística deben ser sometidos al trámite de información pública, que no es una facultad sino una obligación”.

“No tiene por objeto desarrollar integralmente el conjunto de determinaciones de un Plan de Ordenación” y en su tramitación no hace falta ir más allá de la “contratación administrativa”, según un informe técnico

Caballas entiende que el proyecto “es de urbanización y debe ser considerado instrumento de ejecución urbanística” a la luz de lo que recogen las Normas Urbanísticas del PGOU. “No es una obra ordinaria porque está vinculada al Plan Especial de Reforma Interior de la Gran Vía; porque no puede ser considerada parcial, ordinaria o puntual; y porque reforma el viario”, han concretado fuentes de la formación localista, que ya ha advertido en reiteradas ocasiones que si el Gobierno elude la información pública acabará en el Juzgado.

“Es un proyecto de urbanización general que, como tal, debe seguir el procedimiento señalado para los Planes Parciales, que, entre otros trámites, introduce una fase de información pública”, resumen desde la coalición, que alerta de que si la Ciudad lo regatea podría estar “incurriendo en un vicio de procedimiento” que, en su caso, “invalidaría la aprobación de la obra ordinaria”.

¿"Obra ordinaria" o "proyecto de urbanización"?


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