TRÁFICO TRANSFRONTERIZO

El Gobierno asume que en el comercio atípico, lo que diga la ley marroquí e interpreten sus aduaneros

El Gobierno asume que en el comercio atípico, lo que diga la ley marroquí e interpreten sus aduaneros
porteadoras bultos vallas
Imagen de recurso.

España tiene poco que decir sobre el tráfico transfronterizo hacia Marruecos por los pasos de Ceuta y Melilla. Por si a alguien le quedaba alguna duda, el Gobierno de Rajoy las ha aclarado: "El tipo de tráfico transfronterizo que se realiza en los pasos de esta naturaleza de Ceuta y Melilla es consecuencia de la legislación aduanera del Reino de Marruecos y de las prácticas administrativas de sus funcionarios en la parte marroquí, sin que la legislación aduanera española o la actuación de los funcionarios que tienen encomendada su aplicación puedan afectar a las condiciones en las que se desarrolla este tipo de tráfico", ha indicado en una respuesta a tres diputados socialistas.

Salvador de la Encina y otras dos parlamentarias del PSOE han preguntado por qué medidas se adoptan "para la eliminación de vulneraciones de derechos humanos que afectan a las personas que transitan por los pasos fronterizos, especialmente los de las ciudades autónomas y en concreto a las mujeres porteadoras” y por las “actuaciones para la mejora de las infraestructuras de la frontera del Tarajal en Ceuta”.

En su contestación, el Ejecutivo central del PP deja claro que "no es la normativa española la que regula el tamaño, peso y características del bulto que puede transportar una persona para que el Reino de Marruecos lo considere como bienes portados por un viajero a efectos de la aplicación de sus derechos de importación y del resto de tributos que pudieran exigirse".

Respecto al diseño de los pasos fronterizos, los objetivos "de control migratorios o de seguridad" son "los determinantes" y la acción aduanera en relación con cualquier proyecto se limita "a que se establezcan lugares apropiados para la realización de una comprobación aduanera que permitan cumplir con la maximización del control y la mínima incidencia en la circulación de vehículos y personas".

¿Aduana comercial?

Respecto a las actuaciones que está llevando a cabo el Gobierno español para abrir una Aduana Comercial en Ceuta con Marruecos, el de Rajoy recuerda que "Ceuta y Melilla tienen la condición de territorios francos desde la ley de 22 de diciembre de 1955, no constituyendo parte del territorio aduanero de la Unión Europea" y que en ese marco "las funciones aduaneras son limitadas y están ligadas a fines estadísticos, de asegurar, en su caso, el control paraaduanero o de las exigencias que la normativa de la tributación local establece en relación con la entrada de las mercancías en ambas Ciudades Autónomas para asegurar su recaudación".

Así, "la circulación de personas portando bienes se debe calificar como operaciones de viajeros en el marco de la legislación aduanera" y el control aduanero es "el general aplicable a este tipo de tráfico" y se fundamenta "en técnicas de análisis de riesgo, ponderado el nivel de control derivado de tal evaluación con las circunstancias concretas que concurren en cada paso fronterizo".

El Gobierno asume que en el comercio atípico, lo que diga la ley marroquí e interpreten sus aduaneros


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