María Elena Torregrosa denuncia ante el Ministerio de Igualdad su exclusión del PSOE


María Elena Torregrosa denuncia ante el Ministerio de Igualdad su exclusión del PSOE
Se terminó la tregua en el PSOE local. Si tras la Asamblea de refundación las aguas parecían haber vuelto a su cauce y los críticos habían desaparecido, el martes siete de enero, una de las doce purgadas por la ‘manu militari’ de Salvador de la Encina ha interpuesto denuncia ante el Ministerio de Igualdad por la no admisión de su solicitud.

María Elena Torregrosa es esposa de Basilio Fernández y era desconocida para la opinión pública hasta que no fue admitida como militante a pesar de figurar en el censo de afiliados del PSOE desde hace bastantes años y también en el momento anterior a la disolución. Además de la denuncia remitida al Ministerio de Igualdad, Torregrosa ha enviado también otra carta a la Comisión Ejecutiva Federal pidiendo explicaciones sobre su no admisión en el PSOE a pesar de figurar en el censo anterior a la disolución de la federación de Ceuta.

Torregrosa repasa en su denuncia, a la que ha tenido acceso Ceutaldia.com, todo el proceso de disolución y refundación llevado a cabo por el PSOE local bajo la tutela de la Comisión Ejecutiva Federal. Después de ese repaso concluye:

“Esa condición personal -ser la esposa de un militante crítico- ha sido el único motivo para denegar mi admisión excluyéndome así del proceso de refundación del PSOE en esta ciudad”.

Por eso Torregrosa denuncia en su escrito ante el Ministerio de Igualdad “que la decisión adoptada por el Presidente de la Comisión Delegada de la Comisión Ejecutiva Federal del Partido Socialista Obrero Español en Ceuta, por la que se me deniega mi solicitud de afiliación al partido en Ceuta para participar en la refundación del mismo, ha vulnerado la Ley de Igualdad, al haberse basado, no en razones objetivas, contrastadas y explicitadas, sino única y exclusivamente en mi condición personal y social de mujer y esposa de un militante crítico con dicha formación política y, por consiguiente, solicito se articulen los mecanismos administrativos y, en su caso, judiciales, que fueren necesarios para restablecer el derecho a la igualdad amparado por la Ley invocada y conculcado por la organización política denunciada”.

Las palabras de Torregrosa son duras con todo lo sucedido en el PSOE y atacan directamente la decisión de dejarla fuera de la refundación a ella misma. Su repaso a los hechos es esclarecedor.

Comienza recordando que el 10 de octubre de 2007 la Comisión Ejecutiva Federal del Partido Socialista Obrero Español acordó disolver la Federación de Ceuta. Decisión que provocó la pérdida de la condición de militante de todos los afiliados que en ese momento integraban el censo del partido en Ceuta.

Pasaron trece meses hasta que se llevó a cabo el proceso de refundación pilotado por la Comisión Delegada de la Ejecutiva Federal. “El Presidente de dicha Comisión, el Diputado Don Salvador de la Encina, anunció públicamente en todos los medios de comunicación locales que se abría un proceso de afiliación para todos aquellos -antiguos militantes o no- que desearan formar parte de la nueva agrupación de Ceuta, si bien, posteriormente, manifestó que únicamente participarían en el proceso de refundación los antiguos militantes que formaban el censo del partido en Ceuta en el momento de su disolución”, relata la carta de Torregrosa.

En base a esto Torregrosa decide pedir su afiliación. Se deduce por tanto que no hubo comunicación alguna entre el partido, la Comisión Delegada de la Ejecutiva Federal o quien fuese autoridad en el PSOE con los antiguos militantes más allá de los anuncios en la prensa. Anuncios que no pasaron por un comunicado oficial del partido como si sucediera cuando se disolvió, sino por el propio interés de los medios de comunicación.

Sin razón

Torregrosa solicitó “dentro del brevísimo plazo de cuatro días establecido para la presentación de solicitudes” su afiliación. Recibió su respuesta el 11 de diciembre. La ya famosa carta firmada por Salvador de la Encina le transmitía su no admisión sin explicación alguna.

“Respecto a dicha misiva quisiera resaltar únicamente tres circunstancias realmente sorprendentes habida cuenta que la misma documenta una decisión que emana del órgano estatutario de un partido político, obligado, por imperativo de la Constitución Española, a un funcionamiento democrático:

-La primera es que no se aduce en ella ni una sola razón para fundamentar el por qué el Partido Socialista no admite mi solicitud.

-La segunda es que no se indica en la misma si contra dicha decisión cabe algún tipo de recurso y, en su caso, órgano ante el que interponerlo.

-La tercera es que el Sr. de la Encina manifiesta en la carta que no se admite ‘…su solicitud de afiliación al PSOE…’, cuando, según tengo entendido, en testimonios prestados ante los Juzgados y Tribunales de esta ciudad, había afirmado que ninguno de los afiliados de Ceuta había perdido dicha condición”.

Tras esta explicación y recopilación de hechos Torregrosa pasa a relatar las numerosas matizaciones ante la falta de explicaciones oficiales para la no admisión dada por la Comisión Delegada a los medios de comunicación.

“Con posterioridad el Sr. de la Encina ha declarado en esos mismos medios de comunicación, que la razón de mi no admisión, era que había llevado a cabo “actos de indisciplina”, sin especificar en ningún momento en qué pudieran haber consistido los mismos”, cuenta Torregrosa.

Falta de valor político

Para Torregrosa la falta de más explicación es también “la falta de valor político del Presidente de la Comisión Delegada”, pero más grave aún: le sitúa “en una absoluta indefensión y refleja con claridad su calidad democrática”.

A pesar de la falta de explicaciones Torregrosa no se resigna a averiguar cuáles son las razones que le han dejado fuera del PSOE, para ello analiza todo lo sucedido y comienza por el momento de la disolución.

Torregrosa cita el informe por el que se disolvió la Federación ceutí, aquella ya famosa carta firmada por el entonces presidente de la Gestora, Enrique Moya, en la que aducía condiciones imposibles para el normal funcionamiento.

Decía el concluyente informe de disolución, según lo cita Torregrosa que: “desde la constitución de la gestora, un grupo de militantes ha salido a los medios de comunicación manifestando su disconformidad con la decisión adoptada por la Comisión Ejecutiva Federal…”

Y claro, Torregrosa, a la que nadie conocía antes de no ser admitida alude que “esa no puede ser la indisciplina que, al parecer se me imputa, puesto que yo jamás he efectuado manifestación alguna en un medio de comunicación”.

Otros como Eloy Verdugo autor de la famosa frase en la que se insinuaba la posibilidad de entrar en la sede por la fuerza, sí fue admitido como militante, al igual que otros muchos de los cien que llegaron a firmar la solicitud de una Asamblea o Congreso Extraordinario, no en cambio Torregrosa.

Por ser mujer

“Parece claro por tanto que el PSOE en Ceuta ha actuado siguiendo la estela de la antigua tradición hindú de “quemar” a la viuda viva junto con el cadáver del marido. O, siguiendo una menos antigua tradición, ha tratado de exterminar no solo al adversario político, sino también a sus amigos, a su familia y, si ello fuera posible, hasta a su memoria”, concluye con dureza Torregrosa.

Para la ex militante Torregrosa “el hecho de que se impida a una mujer incorporarse como militante a un partido político únicamente porque su marido ha vertido opiniones críticas contra el partido, supone concebir a esa mujer como un objeto, una cosa propiedad del marido, sin ideas propias, sin derechos. Una NO-PERSONA. Y todo ello supone una flagrante vulneración de los principios que la Ley de Igualdad establece y que tanto usted como su Ministerio, están obligados a preservar y a defender”, dice Torregrosa en su denuncia ante el Ministerio de Igualdad.

A partir de aquí, Torregrosa pasa a citar artículos de la Ley de igualdad “resulta necesaria, en efecto, una acción normativa dirigida a combatir todas las manifestaciones aún subsistentes de discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo y a promover la igualdad real entre mujeres y hombres, con remoción de los obstáculos y estereotipos sociales que impiden alcanzarla”.

Por si fuera poco, recuerda al Ministerio artículos de la Ley que hacen especial hincapié en combatir la discriminación “derivada del estado civil”.

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