TARJETAS

La nueva Ordenanza exigirá al menos un aparcamiento para discapacitados cerca de cada "centro de actividad"

La nueva Ordenanza exigirá al menos un aparcamiento para discapacitados cerca de cada "centro de actividad"
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Imagen de recurso.

La Consejería de Fomento prevé someter a la consideración del Pleno en la Sesión resolutiva de la próxima semana dos nuevas Ordenanzas para regular las tarjetas de estacionamiento para automóviles de personas con discapacidad y otra sobre las plazas reservadas para coches que transportan a ciudadanos con movilidad reducida con el fin de ordenar un ámbito en el centro de la controversia política desde que Caballas denunció la facturación de mil euros a algunos ceutíes por ese tipo de servicio.

La primera incorporará a la normativa local lo previsto en la Constitución y las prescripciones de la Unión Europea sobre la creación de tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad para garantizar su movilidad y la “seguridad jurídica” de sus usuarios.

La norma exigirá que “los principales centros de actividad” de cada una de las dieciséis zonas en las que se ha dividido la ciudad (Mercados, Asamblea, sedes policiales, Correos, complejos deportivos, Biblioteca, Campus, etcétera) dispongan  de un mínimo de una plaza de aparcamiento reservada”.

El texto contempla su concesión a personas que presenten movilidad reducida “dictaminada por equipos multiprofesionales de calificación” o “que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o superior al  0,1, con corrección, o un campo visual reducido a diez grados o menos”. También será accesible para personas físicas o jurídicas titulares de vehículos “destinados exclusivamente” al transporte de ese tipo de personas y “excepcionalmente” a ciudadanos con movilidad reducida no dictaminada oficialmente “por causa de enfermedad o patología de extrema gravedad”.

Las tarjetas serán expedidas a cada persona que reúna los requisitos “para su utilización en los vehículos que use” y solo podrá utilizarla “cuando el titular conduzca o sea transportado”. En el caso de las expedidas a favor de una persona física o jurídica quedarán vinculadas a un número de matrícula.

Su uso indebido “podrá dar lugar a su retirada inmediata” para la apertura de un expediente “que podrá finalizar con su revocación”, todo ello “sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieran derivarse de esa actuación”.

Los interesados deberán iniciar los expedientes en el Registro de la Ciudad con los impresos normalizados y la Administración deberá resolver en un plazo de “seis meses”. Para las personas jurídicas se contempla un procedimiento abreviado que no se demore más allá de tres. Tendrán una vigencia de cinco años y su renovación tendrá que  tramitarse durante los últimos doce meses.

“No comunicar mejoras en la movilidad” en plazo se considerará falta grave sancionable con hasta 300 euros o retirada temporal de la tarjeta durante tres meses. “Ceder, prestar, alquilar, vender o facilitar a otra persona” el título habilitante estará tipificado como infracción muy grave que podrá llevar aparejada multa de hasta 1.500 euros y retirada definitiva de la tarjeta.

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