A partir de este lunes, multas del 25% de lo abonado si se pagan más de 2.500 euros en efectivo


A partir de este lunes, multas del 25% de lo abonado si se pagan más de 2.500 euros en efectivo

- La Agencia Tributaria podrá reclamar tanto al pagador como al receptor la sanción

- Se librarán quienes, pese a haber participado en una intervención en metálico superior a esta cantidad, se chiven a Hacienda

- Los no residentes podrán seguir pagando con billetes hasta 15.000 euros

Este lunes ha entrado en vigor la limitación a 2.500 euros para pagar en efectivo operaciones en las que participen empresarios o profesionales. Esta disposición, incluida en la nueva ley antifraude que fue publicada el 30 de octubre en el BOE, sigue el modelo de la experiencia legislativa en países comunitarios como Franca e Italia: vetar el pago en metálico de 2.500 o más euros por operaciones en las que intervenga al menos un empresario o profesional.

Es decir, la restricción afecta también a las operaciones realizadas entre un particular y un empresario, aunque no se aplicable a los pagos e ingresos realizados con entidades de crédito.

La limitación de uso de efectivo se eleva a 15.000 euros cuando el pagador sea un particular no residente, "con el fin de no dañar actividades ligadas al sector turístico", según ha precisado la Delegación del Gobierno en un comunicado a los medios.

Los intervinientes en las operaciones deberán conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del mismo, para acreditar que se efectuó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo y estarán obligados a aportar estos justificantes a requerimiento de la Agencia Tributaria.

Quienes incumplan esta limitación se enfrentarán a multas del 25% del valor del pago hecho en efectivo. Tanto el pagador como el receptor del pago responderán de forma solidaria de dicha infracción, por lo que la Administración Tributaria podrá dirigirse contra cualquiera de ellos para el cobro del 100% de la sanción.

Sin multa si se denuncia

Evitar cualquier sanción pasará por chivarse. El contribuyente que haya intervenido en alguna de estas operaciones será exonerado de la sanción si voluntariamente comunica los hechos a la administración siempre que no hayan transcurrido tres meses desde el pago en efectivo. La Agencia Tributaria ha habilitado en su pagina web un procedimiento telemático para tramitar las denuncias.

Además la ley contempla expresamente una regla contra el fraccionamiento de operaciones a efectos del cálculo del límite de 2.500 euros legalmente establecido. Adicionalmente la norma introduce obligaciones de información para cualquier autoridad o funcionario que, en ejercicio de sus funciones, tenga conocimiento de algún incumplimiento de la limitación legal.

El uso de efectivo en grandes cantidades esta relacionado directamente con operaciones realizadas para eludir impuestos. La limitación de pagos en efectivo viene a reforzar el control que mantiene la Agencia Tributaria en la lucha contra el fraude. En esta misma línea se incluye un plan especial sobre el uso de billetes de alta denominación (200 y 500 euros) iniciado hace cuatro años y que se mantiene abierto por parte de la Administración.

A partir de este lunes, multas del 25% de lo abonado si se pagan más de 2.500 euros en efectivo


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