Los políticos no podrán ni siquiera visitar las obras en curso a partir del próximo martes


Los políticos no podrán ni siquiera visitar las obras en curso a partir del próximo martes

- UPyD presenta alegaciones a las instrucciones de la Junta Electoral Central al entender que "no prohíbe los actos de gestión ordinaria de las obras o servicios públicos por las Administraciones responsables, así como las visitas a dichas obras"

El Consejo Territorial de Unión, Progreso y Democracia (UPyD) de Ceuta ha informado este sábado a través de un comunicado de prensa que esta formación política ha presentado alegaciones al Proyecto de Instrucción sobre la interpretación de los artículos 50 y 66 de la Ley de Régimen Electoral (LOREG) de la Junta Electoral Central pese a que esta ha desoído las peticiones del PP y del PSOE y no ha autorizado expresamente la posibilidad de organizar visitas con prensa a obras en curso a partir de este martes, cuando las elecciones autonómicas del 22 de mayo quedarán formalmente convocadas.

"Básicamente nuestras peticiones se centran en el artículo 50, que impide realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios en periodos electorales", ha explicado UPyD-Ceuta, que ha señalado que "la Junta Electoral no entiende prohibidos los actos de gestión ordinaria de las obras o servicios públicos por las Administraciones responsables de éstas, así como las visitas a dichas obras, actividad esta que en muchas ocasiones se utiliza con la intención de incidir en las campañas electorales mediante las habituales visitas televisadas y resumidas con amplia explicación del extraordinario avance de la obra de turno".

Por todo ello, UPyD considera que "también deben quedar prohibidos los actos de gestión ordinaria de las obras o servicios, como las visitas a dichas obras, sin perjuicio de la información estrictamente técnica que se pueda proporcionar sobre el estado de ejecución de las obras o la simple puesta en funcionamiento de los servicios, que en ningún caso podrán contener alusiones a las realizaciones o a los logros conseguidos por los poderes púbicos afectados”.

Con respecto al apartado segundo del artículo 66 de la LOREG, que es el que establece ciertas obligaciones informativas en campaña electoral para las emisoras de titularidad privada y televisiones privadas, hasta el punto de establecer determinadas reglas para debates y entrevistas electorales, UPyD recuerda en sus alegaciones que ya presentó en el Congreso una enmienda para suprimir precisamente ese controvertido apartado. “Consideramos que la reforma operada constituye un intervencionismo extremo en un Estado de Derecho, efectuado por los poderes públicos representados por los partidos mayoritarios, en claro desprecio de la libertad de expresión e información y en definitiva de la ciudadanía”, argumenta el partido que lidera en la ciudad autónoma Julián Domínguez.

Partiendo de esa disconformidad con el texto del artículo que se interpreta por la Instrucción frente a la que UPyD presenta alegaciones, la formación política "exige a la Junta Electoral Central realizar una interpretación acorde con el respeto exigible a los derechos y libertades fundamentales de expresión e información".

- Conozca, íntegra, la Instrucción de la Junta Electoral Central

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