DESDE EL 1 DE JULIO

La Autoridad Portuaria pone límites a la emisión de sulfuro de hidrógeno en los buques petrolíferos

La Autoridad Portuaria pone límites a la emisión de sulfuro de hidrógeno en los buques petrolíferos
barco gibraltar 2
Archivo.

A partir del 01 de julio de 2019 entrará en vigor la instrucción para la reducción de emisiones a la atmósfera de sulfuro de hidrógeno en los productos petrolíferos que operen en el Puerto de Ceuta.

A partir de la fecha de entrada en vigor, las empresas consignatarias tendrán la obligación de adjuntar al DUE (documento único de escala) el modelo de declaración facilitado por la APC, debidamente cumplimentado y sellado por el capitán del buque, afectando únicamente a las operaciones de carga en tránsito y descargas de productos que contengan sulfuro de hidrógeno (S2H) como ocurre con el petróleo y sus derivados.

Asimismo, los operadores de estos productos tendrán un plazo máximo de tres meses, para instalar alarmas electrónicas que analicen en continuo la concentración de S2H en fase vapor, garantizando la no superación de los límites establecidos en cuanto a concentraciones de ácido sulfhídrico, en las zonas de almacenamiento y terminales marítimas.

La medida tiene por objeto mejorar el sistema de gestión ambiental cumpliendo con uno de los principales requisitos de la Norma ISO 14001, que representa un estándar internacional de gestión ambiental y el PERS (Port Environmental Review System), que constituye el único estándar de gestión ambiental específicamente creado para el sector portuario.

La Autoridad Portuaria pone límites a la emisión de sulfuro de hidrógeno en los buques petrolíferos


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