POR DISCRIMINAR AL 061

El Sindicato Médico denuncia a Ingesa ante el Defensor del Pueblo

El Sindicato Médico denuncia a Ingesa ante el Defensor del Pueblo
hospital ingesa
Archivo

El Sindicato Médico de Ceuta ante la “discriminación anticonstitucional” de  INGESA con los trabajadores del 061 a los que niega  el derecho a optar a un centro de salud en el actual concurso de movilidad. Una situación ante la que el Sindicato Médico ha decidido, “ante la tozudez, obstinación y falta de sensibilidad del INGESA hacia el personal médico”, denunciar esta situación de discriminación del colectivo médico ante el Defensor del Pueblo, sin perjuicio de “otras medidas” que se puedan tomar.

“La ciudadanía tiene el derecho a saber que actualmente los profesionales médicos del 061 se ven condenados de por vida a desarrollar una labor penosa, con peligrosidad, turnicidad, nocturnidad y gran desgaste físico y mental hasta la edad de jubilación, negándoles el derecho a optar a un centro de salud, lo que permitiría renovar la plantilla del 061, que ya se encuentra bastante envejecida”, explican, recordando que la edad media de la plantilla médica con plaza en propiedad está cercana a los 60 años.   

Para el Sindicato Médico, la renovación de la plantilla, próxima a su jubilación, repercutirá en la operatividad de un servicio asistencial fundamental en la labor de salvar vidas en situaciones críticas, “donde los médicos son la piedra angular”. “Un servicio envejecido y con médicos quemados  hace que se ponga en peligro la necesaria atención de calidad que merecen nuestros ciudadanos”, advierten.

La administración de INGESA se basa para llevar a cabo esta discriminación del colectivo médico en que se trata de plazas de categoría diferente. “Dicha distinción no es posible aplicarla en el proceso actual, ya que ni en el SUAP ni en el 061 se han efectuado previamente la actualización del catálogo homogéneo que dispone el artículo 9 del RD 184/2015, y por tanto, no pueden suprimirse la opción de presentarse al proceso de movilidad a ninguna de las categorías profesionales equivalentes en el colectivo médico”, precisan desde el sindicato médico, remitiéndose a que esta posibilidad sí se admite en el caso del personal de enfermería.

“No se puede obviar que la única explicación que ha dado el INGESA, como fundamentación jurídica válida, ha sido que considera que no es de aplicación a este colectivo la normativa vigente”, admiten desde el sindicato médico, aunque insisten en que las autoridades sanitarias deben garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, “y para ello debe facilitar que el personal estatutario, incluido el colectivo médico, pueda acceder a plazas vacantes de otros servicios de salud, mejorando la calidad de la asistencia y haciendo efectiva la garantía de su movilidad en todo el Sistema Nacional de Salud, tal y como recoge el artículo 43 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo”, subrayan.

El Sindicato Médico denuncia a Ingesa ante el Defensor del Pueblo


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