Sobreseimiento libre

Archivan de nuevo la causa del 6-F sin novedades sustanciales tras la reapertura ordenada por la Audiencia

Imagen de archivo.

La jueza instructora considera que, “de lo actuado, no aparece debidamente justificada la perpetración de los diferentes delitos que han dado motivo a la formación de la causa" que mantenía a varios guardias civiles como investigados por presuntos delitos de prevaricación y homicidio y lesiones. Da por hecho que Marruecos no contestará "nunca" a la petición para acceder a las autopsias de diez cadáveres.

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Ceuta ha decretado este viernes el sobreseimiento libre y el archivo de la causa abierta hace casi cuatro años por los hechos acaecidos el 6 de febrero de 2014 en la playa del Tarajal cuando un número “indeterminado” de migrantes de origen subsahariano pretendió acceder a territorio español bordeando el espigón marítimo fronterizo, intento que se saldó con al menos 15 personas muertas 23 expulsadas a Marruecos “a través de las denominadas devoluciones en caliente”.

Varios de los guardias civiles que participaron en la intervención para rechazar la entrada de los mirantes, entre ellos un capitán, un teniente y un sargento, aparecían como investigados en las diligencias por presuntos delitos de homicidio, lesiones y prevaricación.

La Audiencia Provincial ordenó en marzo del año pasado continuar las diligencias pero la jueza, en un auto contra el que cabe recurso, considera que “de lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración de los diferentes delitos que han dado motivo a la formación de la causa”, por lo que decreta el sobreseimiento libre de las actuaciones una vez “han sido cumplimentadas” las diligencias de instrucción acordadas hace diez meses.

Desde la reapertura de la causa los pasos dados se han reducido a dos solicitados por las partes personadas: la declaración de un testigo presencial “por ostentar la regencia de un kiosko en las inmediaciones del lugar de los hechos, de cuyo testimonio se deduce que no observó ningún comportamiento por parte de los agentes de la Guardia Civil reprochable desde el punto de vista penal”, y la petición de declaración de otros dos testigos sobre los que “no consta que hayan pasado por territorio español en fechas relativamente recientes o cercanas al 6 de febrero de 2014”.

Con respecto a la Comisión Rogatoria solicitada a Marruecos para acceder a las autopsias de los diez cadáveres recuperados en su territorio, la jueza explica que en agosto de 2017 el magistrado de enlace español en el país vecino advirtió por escrito que “cuando se trata de comisiones rogatorias procedentes de Ceuta o Melilla, estas autoridades o no contestan o invocan razones de soberanía nacional para no admitirlas”. “Este escrito permite concluir”, interpreta la instructora, “que la comisión rogatoria que tantas veces ha sido recordada a las autoridades marroquíes no va a ser cumplimentada nunca”.

La jueza recuerda que el 15 de octubre se acordó por primera vez el sobreseimiento provisional de la causa abierta con varios guardias civiles investigados por delitos de homicidio y lesiones imprudentes, así como el sobreseimiento libre por el delito de prevaricación, decisiones contra las que presentaron varios recursos en apelación que la Audiencia Provincial estimó.

Para terminar, el auto de sobreseimiento destaca que “no van a poder acordarse nuevas diligencias de prueba por haber finalizado el plazo de instrucción conforme al artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.