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La Audiencia rechaza todos los recursos de procesados en el 'caso Emvicesa' y les manda a juicio

La Audiencia rechaza todos los recursos de procesados en el 'caso Emvicesa' y les manda a juicio
audiencia apaisada
Imagen de recurso.

La Audiencia Provincial ha abierto la puerta este viernes de la fase intermedia del 'caso Emvicesa' un año y medio después de que conocerse el auto de Procedimiento Abreviado con el que se puso punto final a la inicial, la de insturcción. Lo ha hecho sin cambios sustanciales en aquella resolución, desestimando íntegramente todos los recursos presentados, desde el de Antonio López hasta los de los supuestos 'clientes' pasando por los de los presuntos 'captadores' del primero y por los de los políticos investigados (Román, Mohamed, Ali y Gómez Barceló, ex gerente del PP).

Los 60 acusados deberán, a juicio de la Sala, ir a juicio por los delitos que indiciariamente se les atribuye que pudieran haber cometido: prevaricación, organización criminal, cohecho, blanqueo de capitales, falsedad documental, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, aunque cuestiona que este último pueda acharse en la vista a los miembros de la Comisión Local de la Vivienda.

A todas las personas se les atribuye “tomar parte de una u otra manera en la adjudicación irregular de viviendas de protección oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta en régimen de alquiler”. Entre ellas está el que fuera viceconsejero de Vivienda y gerente de Emvicesa, Antonio López, al que la juez considera “cabecilla de la organización criminal y máximo responsable”.

A ojos de la Audiencia, “adentrarse a analizar si nos encontramos ante un grupo o una organización es innecesario, dado que ni condiciona la postura que hubieran de mantener las acusaciones si procediera continuar hacia la fase intermedia ni afecta al tipo de procedimiento a seguir por las penas con las que se conminan uno y otra”. Ahora se dará plazo a las defensas y las acusaciones para que presentes sus escritos de cara a la preparación de juicio oral.

Los 19 recursos presentados mostraban una aspiración “revocatoria” o “anulatoria” del auto referido. En el primer caso, en busca del sobreseimiento. En el segundo, de la “disolución” de las actuaciones procesales. Con pocos se ha tenido éxito. En varios casos la Audiencia se ha negado a entrar al fondo de los argumentarios de las defensas alegando que ello “es propio de la fase del juicio oral, no del examen de la existencia de base indiciaria necesaria para adoptar la decisión de cierre de la instrucción en la que se incardina la resolución apelada”.

La defensa de los miembros de la Comisión Local de la Vivienda procesados (Susana Román, Mohamed Ali y Rabea Mohamed) ha visto parcialmente atendidos sus argumentos en el sentido de que se aprecia que “puede intuirse que la razón de referirse a la malversación se encuentra en que, de alguna manera, se estaba 'jugando' con el patrimonio público, pero no actuación alguna que pudiera subsumirse en una sustracción de caudales o efectos públicos”.

El auto respaldado concluyó que de las diligencias practicadas se deriva que el que López y sus “captadores” formaban “una organización criminal” a través de la cual el primero “entregó”, que se haya podido acreditar, viviendas de la promoción 170 de Loma Colmenar y lo intentó respecto de la conocida como lista fantasma de las 317 viviendas (que quedó frustrado por su cese), “previo pago de precio” por parte de particulares.

En este sentido, la juez señaló que “cuando los captadores tenían a un particular interesado en la vivienda, lo ponían en conocimiento del cabecilla, quien, por su cargo, lograba que ingresaran en la lista de adjudicatarios”. “Se sabe que o bien el cabecilla los colaba en la lista de adjudicatarios (no consta que cumplieran los requisitos) o bien entregaba documentos creados falsariamente que parecían conceder derecho a la vivienda (los compromisos)”, hilvanó

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