La Fiscalía propone archivar las 2 causas penales contra Castañeda que incoó el Tribunal de Cuentas


La Fiscalía propone archivar las 2 causas penales contra Castañeda que incoó el Tribunal de Cuentas

- La Fiscalía del órgano fiscalizador creyó ver presuntos delitos de prevaricación y tráfico de influencias en la actuación del ex consejero con dos contratos públicos de los años 2008 y 2009

- A juicio del Ministerio Público no existen ni “indicios en grado de probabilidad" suficientes para considerar justificada la perpetración

Tras la práctica de "las diligencias de instrucción necesarias para el completo conocimiento de los hechos denunciados”, la Fiscalía opina que no existen ni “indicios en grado de probabilidad" suficientes para considerar justificada la perpetración de los presuntos delitos de prevaricación y tráfico de influencias que el Tribunal de Cuentas (TCu) creyó intuir tras la actuación del ex consejero de Medio Ambiente, Gregorio García Castañeda, sobre varios contratos públicos.

Las investigaciones que el Ministerio Público aboga por archivar tienen su origen en el informe de fiscalización de las cuentas de la Ciudad Autónoma de los ejercicios 2008 y 2009, en el que el máximo órgano fiscalizador de las cuentas de los órganos públicos detectaba irregularidades graves en hasta ocho contratos administrativos concertados por diversas consejerías que dieron lugar a diversos procedimientos penales al estimar la Fiscalía del Tribunal de Cuentas que dichas actuaciones administrativas podían ser constitutivas de un delito de prevaricación administrativa o de tráfico de influencias por haberse elegido unilateralmente y contratado con ciertas empresas a sabiendas de que con ello se vulneraban, presuntamente, “las más elementales normas de la contratación administrativa impidiendo la concurrencia en condiciones de igualdad y publicidad de otras ofertas”.

Los contratos relacionados con Castañeda que levantaron las sospechas del Tribunal fueron los de ‘Gestión del servicio público de recogida, almacenamiento y transporte marítimo terrestre de neumáticos fuera de uso’ (adjudicado a ‘Ecoceuta’) y de ‘Implantación de red de radiocomunicaciones Tetra’.

En el primer caso, tras escuchar declarar en calidad de imputados tanto a Gregorio García Castañeda como a su hermano, el Ministerio Fiscal ha concluido que “no existen indicios delictivos en torno a la perfección de dicho contrato” porque entiende “acreditado” que el ex consejero “no tuvo participación alguna en su calidad de viceconsejero de Equipamientos Urbanos y Barriadas o posteriormente como consejero de Servicios Comunitarios y Barriadas en ninguna de las fases o trámites de la contratación administrativa que acabó adjudicando el mencionado contrato la empresa de su hermano”.

"Ilegalidad administrativa" y prevaricación, distinto

“No existiendo intervención alguna del investigado en el procedimiento administrativo que concluyó con la adjudicación y no existiendo otras empresas que disputaran a ‘Ecoceuta’ el otorgamiento, la contratación administrativa”, opina la Fiscalía, “cumplió los requisitos establecidos legalmente sin que haya el más mínimo indicio de la comisión de un delito de prevaricación administrativa ni de tráfico de influencias por parte de los investigados”.

A su juicio “el procedimiento respetó plenamente los principios de igualdad, publicidad y libre concurrencia, publicándose en el BOCCE la oportuna oferta, a pesar de lo cual ninguna otra empresa, local o no, compitió para hacerse con el referido contrato”. La Fiscalía destaca también que no puede confundirse “ilegalidad administrativa” con “el delito de prevaricación” y que no basta que una resolución sea contraria a Derecho para que constituya delito: “La injusticia que se predica de la resolución prevaricadora es que sea evidente, patente, flagrante y clamorosa, que suponga un ejercicio arbitrario del poder y que se dicte caprichosamente”.

Finalmente, sobre la red Tetra el Ministerio Público acepta que el “retraso y demora” en la ejecución del contrato que vio como irregularidad el Tribunal de Cuentas fue debido a “a la necesidad de instalar un repetidor en terrenos propiedad del Ministerio de Defensa, lo que exigió los oportunos permisos y autorizaciones por parte de dicha administración estatal”.

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