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El juez no ve posible acusar a los okupas de Huerta Téllez más que de un delito leve de usurpación

El juez no ve posible acusar a los okupas de Huerta Téllez más que de un delito leve de usurpación
huerta tellez 1 okupas
El asalto tuvo lugar a finales de septiembre del año pasado.

El instructor dice que aunque los daños apreciados en las viviendas asaltadas superan los 400 euros no es viable determinar con seguridad la autoría de los mismos. La pena sería de multa de 3 a 6 meses a razón de entre 5 y 10 euros al día, según la capacidad económica de los condenados.


El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Ceuta no ve factible imputar por el asalto y ocupación de las viviendas de Huerta Téllez que tuvo lugar el 25 de septiembre del año pasado más que un presunto delito leve de usurpación que se ajusta con pena de multa de 3 a 6 meses a razón de entre 5 y 10 euros al día (según la capacidad económica de cada condenado).

Más de doce meses después, en un auto (recurrido) ve "imposible" imputar un delito de daños a los acusados. En ese caso la multa hubiese podido ir de 12 a 24 meses, según fuentes judiciales.

El procedimiento se incoó por la posible comisión de delitos de ocupación no autorizada de inmueble y daños de los artículos 245.2 y 263 del Código Penal y las diligencias practicadas han estado dirigidas a "determinar la autoría de los hechos y la naturaleza grave o leve de los denunciados" con informes policiales de los ocupantes, pericial de daños y declaración de los agentes que auxiliaron en el desalojo ordenado.  

En su auto, el instructor explica que "después de constatar con el informe y declaración del perito que para practicar su informe de daños hubo de ser desprecintada la promoción de viviendas luego de haber sido desalojada de todos sus ocupantes y que había diversos butrones, agujeros y boquetes en los muros por donde se evidenciaba la entrada y salida de personas no identificadas a las que plausiblemente imputar los graves estragos allí cometidos, fue preciso tomar la declaración de los agentes que asistieron a los agentes de la autoridad judicial que ordenó el desalojo de los pisos".

Se ha constatado que "había puertas que habían sido dañadas (los daños de éstas excederían de los 400 euros) y otras que no lo estaban en aquel momento del lanzamiento, lo cual no fue reflejado en las distintas actas de desalojo".

El juez no ve posible acusar a los okupas de Huerta Téllez más que de un delito leve de usurpación


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