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La jueza cierra el 'caso Sierra' por lo penal y cuestiona la "judicialización de la política" del PSOE

La jueza cierra el 'caso Sierra' por lo penal y cuestiona la "judicialización de la política" del PSOE
Manuel Hernández muestra la denuncia el pasado 1 de abril
Hernández, tras presentar la denuncia el 1 de abril.
La magistrada instructora señala que “no habiéndose apreciado conducta prevaricadora, menos aún puede hablarse de ninguna malversación”, y reprocha al PSOE que optase por esa vía para "resolver asuntos con un carácter eminentemente político”. En los casos de Martín y Portes, que declararon como investigados, “ni siquiera guardan relación alguna con los hechos denunciados".

La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Ceuta ha acordado el sobreseimiento provisional del 'caso Sierra' que se abrió hace siete meses con una denuncia del PSOE. La magistrada ha ordenado su archivo y solo ha dejado abierta la vía contenciosa “para que el denunciante pueda hacer valer su derecho legítimo si así le conviniere”.

En su auto deja claro que no aprecia conducta prevaricadora ni malversación de fondos, los presuntos delitos que los socialistas atribuían, entre otros, al presidente Vivas, a los ex consejeros Ramos y García, al interventor, a la secretaria general de la Asamblea, al propio Pedro Sierra y al ex gerente de Acemsa Juan Manuel Martín Portes.

En su resolución deja claro sobre este último y Fernando Ramos, que igual que los demás declararon como investigados, que “ni siquiera guardan relación alguna con los hechos denunciados, puesto que son anteriores a las fechas de sus incorporaciones a Acemsa el 1 de diciembre de 2016 y el 13 de julio de 2017, respectivamente”.

El secretario general del PSOE de Ceuta, Manuel Hernández, presentó en abril una denuncia ante la Fiscalía basada en el argumentario sostenido por UGT por la supuesta incorporación irregular hace diez años de un ingeniero a la Administración autonómica. En su escrito reclamó que se indagase en los cambios de destino dentro de la Administración de Sierra, en las retribuciones que había percibido (“en 2009 superiores a 5.500 euros mensuales”) y en su adscripción a una sociedad pública, Acemsa, “en la que solo aparece el día de las elecciones sindicales”.

La jueza ha concluido que “nada obsta a que el denunciante plantee una posible nulidad, algo que evidentemente no ha hecho acudiendo a la vía penal cuando esta debería ser la 'última ratio' antes de resolver asuntos con un carácter eminentemente político”.

“En cualquier caso, 'judicializar la política' no es algo que convenga ni a la propia Justicia ni a los intereses generales”, opina antes de ordenar el sobreseimiento porque “no habiéndose apreciado conducta prevaricadora, menos aún puede hablarse de ninguna malversación”. A su juicio “del conjunto documental aportado se acreditan la conformidad a Derecho de la designación del señor Sierra que era objeto de investigación”.

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