INFORME PSICOLÓGICO

Practican la última pericial de la causa del ex profesor investigado por corromper y abusar de alumnos

Practican la última pericial de la causa del ex profesor investigado por corromper y abusar de alumnos
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Imagen del Palacio de Justicia.

Dos años después de su detención, el caso del ex profesor del Colegio San Agustín, A.D.B., al que la titular del Juzgado número 6 ordenó en enero procesar por la presunta comisión de delitos de corrupción de menores, abuso y agresión sexual a menores de 16 años, inducción a la prostitución de menores, elaboración de pornografía infantil y 'sexting', vuelve a estar a expensas de auto de fin de instrucción tras haber acogido hace unos días la práctica de la última pericial solicitada por la defensa

Los abogados del investigado respondieron a la resolución de procedimiento abreviado de la jueza proponiendo ir a juicio oral con una petición de someter al menor cuya familia denunció al docente ante la Guardia Civil a “una prueba pericial contradictoria del informe psicológico elaborado por el Equipo Psicosocial adscrito al Juzgado”, requerimiento que fue aceptado y cuya materialización se efectuó el pasado 31 de octubre.

Con sus resultados, la instructora deberá pronunciarse de nuevo sobre el resultado de las múltiples diligencias practicadas para ratificar o no su auto de enero, en el que vio “indiciariamente” constatado que el profesor había contactado con alumnos menores de edad “presencialmente, on line y por teléfono” para pedirles fotos desnudos que fue acumulando “para su personal uso”, incluso "como medio y preparación a posibles encuentros sexuales posteriores -a los que denominaba 'masajes'-".

La defensa ha atacado múltiples cuestiones de forma y, sobre el fondo del asunto, ha subrayado que no existen “indicios racionales de criminalidad” para imputarle delitos de tenencia de pornografía, corrupción de menores o, mucho menos, agresión sexual

También le atribuyó el haber “promovido activamente el desarrollo precoz y tendencial de la vida sexual de los mismos” y también “realizado actos concretos de abuso sexual siendo el eventual consentimiento irrelevante jurídicamente” e incluso “solicitado y obtenido actos sexuales reales o virtuales mediante contraprestación en metálico o en especie con regalos costosos”.

En su último auto añadió a propuesta de la Fiscalía “indicios racionales de comisión de un posible delito de 'sexting', esto es, el envío de mensajes o fotografías por un “embaucado” por su inexperiencia sexual como menor. El Colegio San Agustín fue incluido como “indiciariamente responsable civil 'ex delicto'.


Cadena de custodia

La defensa del profesor ha venido esgrimiendo durante la tramitación del caso todo tipo de supuestos fallos de forma en la tramitación e incluso ha impugnado “el contenido y autenticidad” de las anotaciones de la Guardia Civil sobre la toma de evidencias y las muestras de la cadena de custodia de las pruebas obtenidas durante el registro de su domicilio y el análisis de su móvil y ordenador.

Sobre el fondo del asunto ha defendido que no existen “indicios racionales de criminalidad” para imputarle delitos de tenencia de pornografía, corrupción de menores o, mucho menos, “agresión sexual, que requiere una violencia o intimidación que no solo no se ha puesto de manifiesto sino que ni tan siquiera se recoge”.

La jueza llegó a su narración de hechos tras analizar pruebas como “fotografías de las víctimas halladas en sus dispositivos electrónicos incautados en el registro domiciliario, conversaciones a través de WhatsApp con las víctimas halladas en su teléfono móvil, declaraciones efectuadas y otras diligencias”. La magistrada refirió sobre las testificales de algunas supuestas víctimas que “presentan graves problemas de credibilidad por cuanto el investigado ha actuado respecto de las mismas en actitud de seducción, prevaliéndose de la superioridad dimanante de su condición de docente”.

Los abogados del docente lamentaron que parece que "por parte de la instructora se han observado en el investigado una serie de conductas que pudieran entenderse más o menos acordes a lo que pueda entenderse socialmente correcto y, ante ello y la sensibilidad del asunto, ha entendido que lo correctos es englobar estas actuaciones de modo genérico en todos los tipos delictivos de nuestro Código Penal que se refiere a delitos sexuales sobre menores de manera que alaguno de ellos quizá se entenderá probado en su día".

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