RENTA FAMILIAR

Caballas presenta un recurso para impugnar la subida del 15% del butano aprobada por el Gobierno

Caballas presenta un recurso para impugnar la subida del 15% del butano aprobada por el Gobierno
bombona abril2017
El precio de la bombona subió esta primavera./archivo

La coalición considera que Chandiramani, que firma la resolución, no es competente al haber dejado claro la Justicia que Ceuta es un ente local y el Gobierno no puede contar con consejeros no electos, de otro lado, argumenta que la decisión no está suficientemente justificada desde el punto de vista económico.


Caballas ha presentado un recurso de reposición ante la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta para dejar sin efecto la última subida del precio de la bombona de butano que estableció en mayo un precio de 13,13 euros por bombona. Caballas “casi con total seguridad” acudirá a los tribunales de lo contencioso administrativo de no prosperar el recurso.

Y es que el mismo lo basan en dos argumentos. De un lado consideran que la actual consejera de Economía, Kissy Chandiramani, no tiene potestad para ejercer el cargo, al hilo de la polémica judicial aún por dirimir de forma definitiva, sobre la posibilidad o no del Gobierno para nombrar consejeros no electos. Chandiramani firma la resolución por la que se aprueba la subida de modo definitivo, rectificando la aprobación que apareció por primera vez en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma con la firma de Susana Román, que había abandonado su actividad política, entre la aprobación y la publicación.

Caballas considera, y así lo hace constar en el recurso presentado que Chandiramani “no reúne los requisitos legales para ocupar dicho cargo al no ser Concejal electa de la Ciudad de Ceuta”. Luego la misma la aprueba un “órgano manifiestamente incopetente”.

“De conformidad con la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de fecha treinta de marzo de 2017, por la que se resuelve el recurso de apelación nº 267/2015, según la que, reconociendo de manera indubitada el carácter de “entidad local” de la Ciudad Autónoma de Ceuta, concluye que de conformidad con lo establecido en el artículo 140 de la Constitución Española, que  atribuye el Gobierno y la administración a los Ayuntamientos integrados por  Alcaldes y Concejales, el Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta (y los Reglamentos que lo desarrollan) sólo puede amparar nombramientos entre concejales electos”, dice textualmente el recurso de Caballas.

De otro lado, Caballas considera que la subida no está justificada de un modo adecuado desde el punto de vista puramente económico. La resolución establece una subida del 15,6 por ciento del precio de los gases licuados. La legislación permite tanto al Gobierno de Ceuta como al de Melilla variar al alza o a la baja el precio máximo que se establezca con carácter general para los gases licuados del petróleo. Ese “más o menos” que ampara la Ley, lo entiende Caballas como un elemento clave, ya que obligaría al Gobierno a justificar cada decisión, ya sea al alza o a la baja del precio del butano en Ceuta sobre el precio máximo establecido por el Gobierno central.

“La Consejera, para acogerse a al artículo 4.3, utiliza una resolución del año 2013, evidentemente obsoleta, ya que en los últimos cuatro años los costes de comercialización pueden haber sufrido variaciones sustanciales. El hecho de que la propia norma establezca la posibilidad de modificar en “más o menos”, implica la necesidad de fundamentar la decisión en un estudio de costes exhaustivo y detallado que justifique la elevación del  precio de un bien que tiene la consideración de producto de primera necesidad y cuyo encarecimiento perjudica a las economías familiares, y de manera especial y más grave, a las de economía más modestas”, argumenta Caballas en su recurso.

¿Y cuál es la justificación que consta en el expediente para la subida del precio de un 15 por ciento? Pues según Caballas todo se basa en “la extrapeninsularidad, el limitado volumen de demanda, y los costes añadidos de transporte”. Según la coalición, “términos genéricos e  imprecisos que en modo alguno pueden servir de fundamento a una resolución de tipo económico que no sólo tiene que justificar la existencia de un mayor coste, sino su cuantía exacta. No se puede subir el precio de un bien de primera necesidad al amparo de obviedades (la extrapeninsularidad), imprecisiones (limitado volumen de demanda), y lugares comunes (precio del transporte); entre otros motivos porque el Régimen Económico y Fiscal de Ceuta, contempla una serie de medidas (50% bonificación de las cuotas patronales a la seguridad social, y 50% bonificación del impuesto de sociedades) que pueden, en su conjunto, superar con creces los “hipotéticos incrementos de costes” (no demostrados)”, subraya Caballas en su recurso.

Para Caballas la resolución por la que se sube el butano “no se ajusta a derecho por carecer del más mínimo rigor en materia económica, deviniendo en una decisión de carácter arbitrario pensada más para favorecer los intereses de la empresa que comercializa este producto en Ceuta, que el interés general, y en concreto el de los ciudadanos usuarios que deben pagar un 15 por ciento más por un bien  de primera necesidad”.

E incluso, prospere o no su recurso, Caballas ya le pide al Gobierno que no haga más uso del artículo 4.3 de la Orden del 5 de marzo de 2015 en la que ha basado su última subida, mientras “no disponga de un estudio riguroso de los costes de comercialización que justifique plenamente si es preciso aumentar o disminuir el precio máximo de los gases licuados del petróleo y en qué cuantía”.

Caballas presenta un recurso para impugnar la subida del 15% del butano aprobada por el Gobierno


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