Enrique Ávila Pérez, Secretario UNED Ceuta

En estos días, y muy a mi pesar, mi nombre y mi puesto de trabajo se han convertido en noticia, en una mala noticia, por lo que me veo en la necesidad de dar una explicación ante esta situación, que considero propia del juego político pero lejana de la realidad, y en la que se han mezclado cuestiones de toda índole con situaciones personales, exponiéndolas de forma no digo interesada, cada uno sabrá los intereses que defiende, pero sí con un claro perjuicio para la UNED Ceuta y para mi persona.

Ambos nombramientos se hicieron siguiendo lo estipulado en el artículo 10.f de los Estatutos del Consorcio Rector de la UNED Ceuta, que indica que corresponde a la Junta del Consorcio las siguientes atribuciones “Nombrar al secretario del Centro Universitario UNED Ceuta, a propuesta del director del Centro, comunicando dicho nombramiento al Rectorado de la UNED”. Creo que difícilmente se pueden considerar irregulares o ilegales

Con excesiva ligereza se habla de nombramientos irregulares, ilegalidad y responsabilidades, tanto del Consorcio UNED Ceuta como de Ávila, que soy yo. Acogiéndome al derecho de réplica, voy a exponer lo más brevemente posible mi relato. Seguramente tenía que haber hecho esto antes, pero, como en tantas ocasiones en mi vida, he antepuesto mis obligaciones laborales, que les aseguro que en esta pasada semana han sido muchas y urgentes, a los intereses personales.

Personalmente considero que no se confeccionó una nómina a la medida del secretario, antes bien, me adapté yo a las circunstancias.

Mi nombramiento como secretario de la UNED Ceuta viene del 4 de marzo del 2005, a tiempo parcial y con una retribución anual de 5409,12 €. Para los que no estén familiarizados con el tema, “a tiempo parcial” es un eufemismo que implica que haces todo el trabajo pero se te paga por echar un rato al día. En mi caso acepté, asunto zanjado por mi parte. El 18 de junio del 2008, la Junta del Consorcio, valorando las obligaciones y responsabilidad del secretario de la UNED, y para el normal y correcto funcionamiento de la institución, decidió aumentar la jornada “a tiempo completo”, con unas retribuciones anuales de 45.000 € y con efecto del 1 de Enero del 2009. Ambos nombramientos se hicieron siguiendo lo estipulado en el artículo 10.f de los Estatutos del Consorcio Rector de la UNED Ceuta, que indica que corresponde a la Junta del Consorcio las siguientes atribuciones “Nombrar al secretario del Centro Universitario UNED Ceuta, a propuesta del director del Centro, comunicando dicho nombramiento al Rectorado de la UNED”. Creo que difícilmente se pueden considerar irregulares o ilegales.

Aunque la disposición indicaba como fecha de entrada en vigor el 1 de enero, no tuvo efectividad hasta mi Baja en las Fuerzas Armadas, que se produjo en Junio por pase a la situación de retiro por insuficiencia de condiciones psicofísicas (para que no tengan que buscar la causa, cuatro operaciones en mi ojo derecho y una en el izquierdo lo justifican). Personalmente considero que no se confeccionó una nómina a la medida del secretario, antes bien, me adapté yo a las circunstancias.

En mi nombramiento y retribuciones no se observaba una manifiesta incompatibilidad hasta la promulgación de la citada Ley 3/2017, y permitiendo un considerable ahorro en el presupuesto del Centro UNED Ceuta en su capítulo de gastos de personal, al beneficiarse de su pertenencia al colectivo de clases pasivas. (Este párrafo no es mío, está en un informe del Consorcio Rector de la UNED Ceuta).

Esta situación se ha mantenido hasta la actualidad, constituyendo la nómina del Secretario un único concepto, código 403.- SECRETARÍA.- 2907,28 € (inicialmente eran 3.000; pero se redujo como consecuencia de las medidas de contención y racionalización del gasto en el sector público de 2012); concepto al que se le aplican las deducciones por IRPF correspondientes, sin que se observara una manifiesta incompatibilidad hasta la promulgación de la citada Ley 3/2017, y permitiendo un considerable ahorro en el presupuesto del Centro UNED Ceuta en su capítulo de gastos de personal, al beneficiarse de su pertenencia al colectivo de clases pasivas. (Este párrafo no es mío, está en un informe del Consorcio Rector de la UNED Ceuta).

Cuando en una sociedad el salario mínimo no llega a los mil euros mensuales, situación lamentable desde cualquier consideración que se haga, es fácil utilizar las cifras de las retribuciones, siempre en concepto anual y bruto, para alarmar y crear situación de injustica, corrupción, escándalo

Cuando en una sociedad el salario mínimo no llega a los mil euros mensuales, situación lamentable desde cualquier consideración que se haga, es fácil utilizar las cifras de las retribuciones, siempre en concepto anual y bruto, para alarmar y crear situación de injustica, corrupción, escándalo. La demagogia es muy recurrente para estos casos. Yo expongo públicamente mi nómina, ahora que cada cual en el sector público haga una reflexión sincera y la compare con la suya.

He solicitado mi baja como perceptor de pensión de clases pasivas y que solicito que, en consecuencia, mis retribuciones se ajusten, no a ningún cambio en mi situación personal como han podido decir algunos, sino a la responsabilidad y estatus del cargo de secretario de la UNED Ceuta

El secretario de la UNED no es un puesto fácil ni cómodo. Y no me quejo, lo llevo con alegría y entusiasmo. Entre sus obligaciones están, además de dirigir la secretaría del Centro, dar fe pública, custodiar el archivo, tener actualizado el inventario de bienes, velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de los órganos de gobierno y representación; asistir al director; sustituir al director; desempeñar las funciones correspondientes al director bajo su supervisión y delegación; desempeñar funciones gerenciales y elaborar la memoria anual. Por razón del cargo es miembro nato y secretario a su vez del Claustro del Centro y del Consejo de Dirección. No es un mero secretario administrativo, no es un secretario de dirección, ni tampoco es un secretario académico, aunque en el cargo se reúnen las tareas correspondientes a estos puestos descritos, además de otras de carácter gerencial. Es un Secretario General, aunque esa denominación queda reservada a la Secretaría General de la Sede Central de la UNED. Y las retribuciones del cargo deben estar en consonancia con su responsabilidad, con independencia de la persona en concreto que lo ocupe. En mi caso y desempeñando mis funciones en el sector público, no he cobrado conceptos básicos como antigüedad o, en Ceuta, residencia. Eso se compensaba por mi pertenencia al colectivo de clases pasivas y el percibo de una pensión de retirado, por lo que he resultado notablemente económico para el Centro UNED Ceuta

Que ha habido un error en el procedimiento administrativo seguido para llevar este tema a la Junta Rectora del Consorcio, parece ser que sí y en la resolución de ello estamos todos, con total transparencia.

Una circular de la sede central, recibida a finales del pasado mes de mayo y referente a una consulta que la UNED hace al Ministerio de Hacienda sobre la aplicación de la Ley 3/2017, de Presupuestos Generales del Estado, es la que hace saltar los avisos sobre la posible incompatibilidad de mi situación, circunstancia que pongo en conocimiento de la dirección del Centro y del Consorcio Rector, a los que informo que he solicitado mi baja como perceptor de pensión de clases pasivas y que solicito que, en consecuencia, mis retribuciones se ajusten, no a ningún cambio en mi situación personal como han podido decir algunos, sino a la responsabilidad y estatus del cargo de secretario de la UNED Ceuta. Nómina que debe constar de los correspondientes conceptos de salario base, complemento de destino, complemento específico, antigüedad, y, en Ceuta, residencia, además de estar en consonancia con las características del puesto. El Consorcio decidió que la nómina se ajustara al sector público estatal, también podía haber decidido que fuese al local, y que las retribuciones se fijaran de acuerdo con lo que estipula la Ley. Y en eso estamos.

He sido yo el que ha comunicado la posible situación de incompatibilidad, yo he pedido mi baja como perceptor de pensión y yo, también, he remitido a Clases Pasivas toda la información referente a mi situación en el Centro, certificación emitida por la Junta del Consorcio con fecha 4 de septiembre, anterior a las acciones del representante del Grupo Ciudadanos en dicha Junta. Será Clases Pasivas quién dictamine y yo, como he hecho durante toda mi vida, asumiré las responsabilidades que me correspondan.

Que ha habido un error en el procedimiento administrativo seguido para llevar este tema a la Junta Rectora del Consorcio, parece ser que sí y en la resolución de ello estamos todos, con total transparencia.

En cuanto a mi actuación personal, he sido yo el que ha comunicado la posible situación de incompatibilidad, yo he pedido mi baja como perceptor de pensión y yo, también, he remitido a Clases Pasivas toda la información referente a mi situación en el Centro, certificación emitida por la Junta del Consorcio con fecha 4 de septiembre, anterior a las acciones del representante del Grupo Ciudadanos en dicha Junta. Será Clases Pasivas quién dictamine y yo, como he hecho durante toda mi vida, asumiré las responsabilidades que me correspondan.

Como reflexión final, puedo decir que para el presupuesto de la UNED no se ha producido ningún quebranto, más bien un considerable ahorro, que pudiera ser que corra de mi cuenta, al ser la pensión de clases pasivas la que se vería afectada en el caso de incompatibilidad.

No quiero terminar sin dar las gracias a la dirección del Centro y a la Junta del Consorcio Rector de la UNED Ceuta, que siempre me han mostrado su apoyo (con la salvedad de los recurrentes) y por el tratamiento que se ha dado en prensa y redes sociales, que tal y como algunos políticos lo han planteado era fácil recurrir a los insultos personales, lo que no se ha producido más que de forma anecdótica.