CONCURSO

La Ciudad licita un seguro para cubrir los "errores profesionales" de sus 292 policías locales

La Ciudad licita un seguro para cubrir los "errores profesionales" de sus 292 policías locales
policia local espalda recurso recinto
Imagen de recurso.

La Ciudad Autónoma ha sacado este jueves a concurso la contratación de un seguro de responsabilidad civil-patrimonial durante un año para cubrir las consecuencias que se deriven de "errores profesionales" de los 292 policías locales. La cobertura del contrato garantizará "las consecuencias econ6micas derivadas de Ia responsabilidad civil-patrimonial que durante su vigencia pueda corresponder directa, subsidiaria o solidariamente a los miembros de la Policia Local en el ejercicio de sus competencias por dafros corporales o materiales y perjuicios ocasionados a terceros en el ejercicio de sus competencias y obligaciones".

A los efectos del contrato se entenderá por "dafio o lesi6n" los corporales, materiales, enfermedad o muerte y perjuicios económicos puros primarios.

La defensa jurídica y las fianzas están incluidas y el límite agregado anual por todas las coberturas se sitúa en dos millones de euros. El máximo por siniestro y asegurado o por víctima llega a 300.000 euros con una franquicia general del 10% del siniestro entre 150 y 1.500 euros en términos absolutos.

En caso de inhabilitación la aseguradora deberá abonar hasta 18.000 euros a razón de 1.500 al mes durante un año.

Con Jacob Hachuel denunciado por la Fiscalía por la ejecución de una sentencia de inhabilitación del Supremo a dos agentes de la UIR, los pliegos de la licitación subrayan que "la compañía garantizará el pago de la indemnización mensual contratada en el supuesto de que el asegurado sea condenado de acuerdo con !o establecido en el vigente Código Penal y en la legislación administrativa a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, separación del servicio o suspensión de funciones o de empleo y sueldo".

Esto será así siempre y cuando "el procedimiento judicial o administrativo se derive de un siniestro cubierto en el contrato" y que la condena o sanción "sea consecuencia de un delito o falta, o infracción adminsitrativa de carácter culposo o imprudente", quedando excluidos los actos "dolosos".

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