TRIPLE ALTERNATIVA

El presidente del Puerto propone vender, revisar el uso o demoler los chalés de la Autoridad Portuaria

El presidente del Puerto propone vender, revisar el uso o demoler los chalés de la Autoridad Portuaria
chalés puerto 960
Imagen de parte de los chalés del Puerto.

El nuevo presidente de la Autoridad Portuaria, que al desembarcar en Ceuta no encontró sitio en su propia barriada de diez chalés unifamiliares, la que solo puede intuirse tras 'Lidl', va a darle al Consejo de Admnistración del Puerto una triple alternativa sobre qué hacer con esas casas que ocupan distintos altos (y no tan altos) cargos de la institución que hasta hace nada no pagaban ni el agua. Rafael Rodríguez cree que se podrían tasar y vender, revisar la regulación de su uso (con más de medio siglo de antigüedad) o demolerlos.

Según su propuest , en el primer caso procedería la “tasación y posterior enajenación de las viviendas que vayan quedando libres a disposición del puerto”. En el segundo, “mantener” la situación de hecho existente hasta la fecha o introducir cambios que pasarían por una doble vía: a) por requerir a todos y cada uno de los ocupantes de las chalés para que en dos semanas “aporten el título que legitime sus respectivas ocupaciones” teniendo en cuenta que quienes no lo hagan serán invitados  “al desalojo voluntario” y a dejar las viviendas “libres, expeditas y a disposición de la Autoridad Portuaria”; o b) hacer un reglamento “para que se regule el uso y el arriendo, así como los suministros de electricidad, residuos, contribución IBI, vados, etcétera”.

La tercera alternativa contemplada pasaría por echar abajo las casas “con la finalidad de abrir un vial de servicio para mejora de la ciudad, equipamientos urbanos, etcétera”. Según la Autoridad Portuaria, esas casas se encuentran sobre una parcela de forma trapezoidal que cuenta con una superficie de 17.668 metros cuadrados.

Desafectada del dominio público

La parcela se encuentra actualmente excluida de la zona de servicio y desafectada del dominio público “por no resultar necesarios estos bienes para la realización de actividades portuarias esenciales o complementarias, ni para mantener la integridad del espacio portuario” y forma parte del patrimonio de la entidad, todo ello de acuerdo con una Orden del Ministerio de Fomento de 2015 que aprobó “la delimitación de espacios y usos portuarios”.

El uso de las viviendas del muelle de España viene regulado por el Reglamento para Uso y Arriendo de las Viviendas de Empleados aprobado por la Dirección General de Puertos y Señales Marítimas en el año 1948.  En este reglamento se reserva el uso de estas viviendas “a los empleados de la Autoridad Portuaria” y se establece como criterios de adjudicación “la categoría profesional” y a igualdad de ésta, “el número de miembros de la unidad familiar”.

La normativa establece que “dentro del orden jerárquico correspondiente a las categorías”, criterio fundamental para establecer “el orden de prelación” a la hora de entrar a las casas, tendría derecho preferente “en caso de tratarse de empleados de la misma categoría” aquel  “con la familia más numerosa”.

Entre los actuales residentes se pueden distinguir dos tips: los que tienen un régimen “asimilado al de pago de renta antigua” y los que tienen “el régimen de retribución en especie de conformidad con las instrucciones recibidas de Puertos del Estado”

Si persistiera la igualdad de condición se daría prioridad “al empleado que ocupe un puesto más avanzado en la plantilla”. Al quedar desalojada una vivienda los empleados interesados en ocuparla tendría que “solicitarlo” en la Presidencia de la entonces denominada Junta para que esta la adjudicase al empleado “con mejor derecho” y priorizando también a los funcionarios “de nombramiento ministerial”.

Según la Autoridad Portuaria, entre los actuales residentes de estas viviendas (algunos con otras en propiedad) se pueden distinguir dos supuesto. Por un lado están las viviendas cuyo uso se adjudicó por la Junta de Obras del Puerto con anterioridad a la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante que tienen un régimen “asimilado al de pago de renta antigua” y por otro están las adjudicadas con posterioridad a la entrada en vigor de dicha norma por la actual Autoridad Portuaria de Ceuta, que tienen “el régimen de retribución en especie de conformidad con las instrucciones recibidas de Puertos del Estado”.

La documentación con más de medio siglo de antigüedad prescribió que la vivienda del ingeniero director tendría “un carácter especial no sujeto a canon alguno” y que el resto de las de ‘tipo A’ deberían adjudicarse “a los funcionarios de nombramiento ministerial” por un canon de arrendamiento y conservación de 2.400 euros anuales. Las de ‘tipo B’ quedarían para “las restantes categorías de empleados afectos exclusivamente a la Junta” con posibilidad para administrativos y técnicos auxiliares y un canon de 1.800 pesetas al año.

chalés puerto 960 2

El presidente del Puerto propone vender, revisar el uso o demoler los chalés de la Autoridad Portuaria


Entrando en la página solicitada Saltar publicidad