CAMBIOS EN LA ORDENANZA

Los empresarios podrán pagar el IPSI solo de la mercancía vendida y el pescado tributará al 0,5%

Los empresarios podrán pagar el IPSI solo de la mercancía vendida y el pescado tributará al 0,5%
Pescado mercado
Imagen de recurso.
Chandiramani llevará este sábado al Pleno la inclusión en la Ordenanza de “la tan antigua como justa aspiración de nuestro tejido productivo, ahora más justificada que nunca, de pagar el IPSI a la Importación en relación con la mercancía vendida y sin incluir, por tanto, la que permanece en los almacenes pendiente de dicha venta”

La consejera de Hacienda, Kissy Chandiramani, propondrá este sábado al Pleno modificar la Ordenanza del IPSI para, entre otros extremos, recoger en ella “la tan antigua como justa aspiración de nuestro tejido productivo, ahora más justificada que nunca”, de pagar el tributo indirecto a la importación “en relación con la mercancía vendida y sin incluir, por tanto, la que permanece en los almacenes pendiente de dicha venta”.

El texto propuesto establece que la Ciudad “podrá reconocer la aplicación del régimen especial de depósito en relación con las importaciones de bienes realizadas por personas físicas y jurídicas que no estén dentro del sector público”. Ello no será de aplicación a los importadores que figuren en las modalidades de Gravámenes Complementarios u Operaciones Interiores. La aplicación de este régimen exigirá autorización de Servicios Tributarios “previa solicitud de los sujetos pasivos”.

En las operaciones a las que sea de aplicación este régimen especial se entenderá producida la importación de los bienes y, por ende, el devengo del tributo, cuando éstos se destinen al consumo local, acto que no requerirá una autorización explícita por parte de la Ciudad y que supone la puesta a disposición de los bienes a favor de un tercero, tenga o no la condición de consumidor final”.

Pescado fresco o refrigerado, al 0,5%

La Ordenanza también se modificará en lo tocante al tipo de gravamen aplicable al pescado fresco y refrigerado (pescado, crustáceo o molusco mantenido vivo hasta su consumo y refrigerado el pescado, crustáceo o molusco muerto mantenido en agua fría o hielo para garantizar su conservación durante su transporte), que será del 0,5% (y no de hasta el 3%, como hasta ahora), y sobre el concepto de vehículo  de propulsión eléctrica que tributará al 5%, que será "aquel en cuya tarjeta de ITV conste, en la casilla P3, el código E”..

Igualmente se abordará, para terminar, la aplicación de la aprobación definitiva de la modificación del artículo 33 de la Ordenanza realizada por el Pleno de la Asamblea en febrero, ya que “se ha constatado un tratamiento fiscal no equitativo en relación a determinados servicios, al depender la aplicación del tipo de gravamen del 4% o del 9% de que el prestador sea un profesional o una entidad jurídica constituida al efecto, aspecto éste que exige su revisión”.

Los empresarios podrán pagar el IPSI solo de la mercancía vendida y el pescado tributará al 0,5%


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