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La escolarización para el próximo curso, en la segunda quincena de mayo y por vía telemática

La escolarización para el próximo curso, en la segunda quincena de mayo y por vía telemática
inicio curso colegio alumno
Imagen de archivo.
El Ministerio de Educación abrirá el plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso ordinario de admisión de alumnos en centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato en Ceuta para el curso 2020-2021 que estaba programado para comenzar el 29 de abril. Solo se podrán presentar las instancias presencialmente en casos excepcionales.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) prevé abrir "durante la segunda quincena de mayo" el plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso ordinario de admisión de alumnos en centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato en Ceuta para el curso 2020-2021 que estaba programado para comenzar el 29 de abril y que se vio alterado por el Estado de Alarma y la crisis sanitaria del coronavirus.

Así se lo ha transmitido el director provincial, Javier Martínez, a los directores de todos los centros de Infantil y Primaria, por un lado, y de Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional, por otro, durante las videoconferencias que han compartido este viernes.

Según ha avanzado Martínez en declaraciones a Ceutaldia.com, el procedimiento se articulará básicamente a través de Internet y únicamente se habilitarán canales físicos para la presentación de solicitudes "para casos excepcionales".

Tendrán que participar obligatoriamente los estudiantes que deseen acceder por primera vez a centros de Infantil, Primaria, ESO o Bachillerato; los que aspiren a un centro de Secundaria diferente al que les corresponda por adscripción; y los que quieran cambiar de centro.

Como en años anteriores, los solicitantes de plaza escolar deberán “acreditar la residencia efectiva” para acceder a los puntos que otorga vivir en el área de influencia (o límítrofe) de cada centro a través de certificado de empadronamiento (coherente con DNI) en el que figure el menor y sus padres. En su defecto, se podrá certificar “a través de certificado expedido por los servicios sociales o aquel otro documento acordado por los órganos competentes en admisión de alumnos”.

Como en años anteriores, los solicitantes de plaza escolar deberán “acreditar la residencia efectiva” para acceder a los puntos que otorga vivir en el área de influencia (o límítrofe) de cada centro a través de certificado de empadronamiento (coherente con DNI) en el que figure el menor y sus padres

La flexibilización para la incorporación a un curso inferior al correspondiente por edad se realizará “solo cuando se acceda por primera vez al segundo ciclo de Educación Infantil” en el caso de niños con condiciones de prematuridad extrema.

La Administración asignará 8 puntos a cada solicitante por la existencia de hermanos matriculados o padres trabajando en el centro preferido; por hermanos matriculados en el centro más deseado y cuando el domicilio familiar (acreditado con DNI o tarjeta de residencia y certificado de empadronamiento coincidente en dirección) esté situado dentro del área de influencia en la que está ubicado el predilecto.

Que lo esté el lugar de trabajo de cualquiera de los progenitores reportará 6 puntos y por que el domicilio familiar o la oficina de madre o padre se encuentre en un área limítrofe se concederán dos.

Contar con rentas iguales o inferiores al Salario Mínimo Interprofesional dará 1 punto, como que los progenitores sean perceptores de la Renta Mínima de Inserción (incompatible con el anterior) y medio que estén comprendidas entre una y dos veces el salario mínimo interprofesional.

La concurrencia de discapacidad superior al 33% en el alumno solicitante vale 2 puntos y en hermanos, padre, madre o tutor legal, uno, como la condición de familia numerosa de carácter general (dos si es especial). El caso de acogimiento preadoptivo o permanente se valora con 2 puntos y el temporal, con uno.

Entre los criterios criterios complementarios, excluyentes entre sí, se tendrá en cuenta con un punto la condición de antiguo alumno, del centro para el que se solicita plaza, del padre, madre o de los representantes legales del alumno, o alguno de los hermanos del solicitante; haber estado matriculado previamente en el centro para el que se solicita plaza en otras etapas educativas; y la condición de trabajador en el centro para el que se solicita plaza de familiares del estudiante hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad.

La escolarización para el próximo curso, en la segunda quincena de mayo y por vía telemática


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