La Fiscalía pide a la Policía que informe sobre los domicilios de los niños sin escolarizar


La Fiscalía pide a la Policía que informe sobre los domicilios de los niños sin escolarizar

- El Ministerio Público incoa procedimientos de protección por cada uno de los menores, más de una veintena, a los que el Ministerio y la Ciudad mantienen fuera de las aulas

- “En este caso no parece que haya delito pero sí que se podrían estar vulnerando derechos de menores", explican fuentes judiciales

La Fiscalía ha iiciado procedimientos de protección por cada uno de los menores, más de una veintena, a los que el Ministerio de Educación se niega a escolarizar y sobre cuya residencia efectiva en la Ceuta no quiere la Ciudad Autónoma que informen sus trabajadores sociales. Tras la denuncia presentada por el diputado de Caballas Juan Luis Aróstegui en relación con su exclusión de las aulas, el Ministerio Público ha instado a la Administración General del Estado a evacuar un dictamen al respecto y ha pedido al Grupo de Menores (GRUME) de la Jefatura Superior de la Policía Nacional que “informe sobre los domicilios de los menores” a los que Digmun tiene ‘escolarizados’ a diario en las instalaciones del Centro Cultural Al Idrissi.

Según han explicado fuentes judiciales a Ceutaldia.com, cada vez que se presenta una denuncia o una petición la Fiscalía tiene que iniciar un procedimiento para investigar que puede ser de varios tipos: penales la denuncia alude a presuntos delitos; civiles si el asunto incumbe a incapacitados, por ejemplo; o de menores si afectan a personas que todavía no han cumplido los dieciocho años.

“En este caso no parece que haya delito pero sí que se podrían estar vulnerando derechos de menores, por lo que se inicia un procedimiento por cada uno para comprobar si existe o no dicha vulneración”, han precisado fuentes especializadas.

En su denuncia Caballas expuso a la Fiscalía que “como consecuencia de la interpretación, que no aplicación, de dos normas de rango menor, al menos 20 niños residentes en Ceuta se ven privados de su derecho a la escolarización, en el que se materializa un derecho fundamental como es la Educación obligatoria hasta los dieciséis años, recogida en nuestro ordenamiento jurídico, y en especial en lo regulado en materia de protección a los derechos del menor”.

La Dirección Provincial viene alegando “falta de documentación” porque a su juicio es “obligatorio” presentar el “certificado de empadronamiento” o, últimamente, informes de funcionarios que acrediten que esos niños viven de forma real efectiva en Ceuta. La Ciudad se ha negado a elaborar esos informes y apela a que su empadronamiento es inviable.

Literalmente, en su respuesta a los últimos recursos de alzada formulados por Digmun, la Administración competente no reclama su inscripción en el Padrón, como pretende alegar la Ciudad. A su juicio la clave es “que se acredite de manera efectiva la residencia” de los niños. “No puede admitirse el informe aportado por Digmun toda vez que se trata de una institución privada, por lo que sus declaraciones o informes no pueden equipararse a los de los funcionarios. Por ello no puede surtir el efecto pretendido, esto es, probar la residencia en territorio nacional”, reseña.

La Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor establece que “los menores extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la educación, asistencia sanitaria y servicios y prestaciones sociales básicas, en las mismas condiciones que los menores españoles”. Igualmente señala que en su artículo 10 que “los poderes públicos, en el diseño y elaboración de las políticas públicas, tendrán como objetivo lograr la plena integración de los menores extranjeros en la sociedad española, mientras permanezcan en el territorio del Estado español".

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