JURISPRUDENCIA

El Supremo resolverá si Interior puede seguir recluyendo en Ceuta a los solicitantes de asilo en trámite

El Supremo resolverá si Interior puede seguir recluyendo en Ceuta a los solicitantes de asilo en trámite
estación marítima
Imagen de recurso.

El Tribunal Supremo ha acordado que tiene interés sentar jurisprudencia de una vez por todas sobre la práctica del Ministerio del Interior que obliga a los solicitantes de asilo con su petición admitida a trámite en Ceuta o Melilla a permanecer en las ciudades autónomas mientras se resuelve su expediente, política reiteradamente sancionada por los Tribunales pero que la Policía mantiene como si nada.

Según ha acordado la Sección I de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, la cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en "determinar si el solicitante de asilo en la ciudad autónoma de Ceuta (o en otro caso, Melilla), admitida a trámite su solicitud, tiene derecho a la libre circulación en España (con obligación de comunicar cambios de domicilio) y, en tal caso, si es conforme a derecho la inscripción que limita la validez de la documentación acreditativa de su condición de solicitante de protección internacional, a Ceuta (o en otro caso, Melilla)".

El reto del Alto Tribunal pasa por determinar cómo encajar lo previsto en la Ley reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria con el Reglamento (CE) 562/2006 del Parlamento europeo y del Consejo y el Acta final del Acuerdo Schengen.

Los Tribunales Superiores de Justicia de Madrid y Andalucía han venido entendiendo de forma repetida que el efecto directo de la admisión a trámite de una petición de asilo es que dicha persona no puede ser objeto de retorno, devolución o expulsión y que pasa a una situación regular en España, lo que permite su traslado dentro del territorio nacional, invalidando la inscripción 'Válido solo en Ceuta' por ser contraria a derecho.

La Abogacía del Estado defiende, sin embargo, que Interior se limita a aplicar la normativa que prevé el mantenimiento de controles de identidad y documentos en las conexiones marítimas y aéreas procedentes de Ceuta y Melilla que tengan por destino otra parte del territorio español.

Las organizaciones no gubernamentales y otras entidades (como ACNUR) dedicadas a la atención a los potenciales beneficiarios de protección internacional en España llevan años denunciando que, con esta política, el Gobierno de España busca o termina ahuyentando a las personas que llegan irregularmente a España de pedir asilo. El Defensor del Pueblo también se ha adherido a su posición.

En 2018, el Servicio Jurídico de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) presentó 54 recursos de alzada contra dicha inscripción y 19 contenciosos administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Además, para garantizar el traslado a la Península de las personas solicitantes de protección internacional de manera inmediata, junto con estos recursos judiciales se formularon siete medidas cautelares, que fueron estimadas “en todos los casos”.

El Supremo resolverá si Interior puede seguir recluyendo en Ceuta a los solicitantes de asilo en trámite


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