El IMIS sólo será compatible con más ayudas hasta el equivalente al Salario Mínimo Interprofesional


El IMIS sólo será compatible con más ayudas hasta el equivalente al Salario Mínimo Interprofesional

- La Consejería elevará a la próxima Sesión Plenaria Ordinaria una propuesta para cambiar la redacción de dos artículos del Reglamento del Ingreso Mínimo de Inserción Social

- Pasará a cobrarse “a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de resolución de la concesión”

La consejera de Asuntos Sociales, Rabea Mohamed, elevará al Pleno en su próxima Sesión Ordinaria una propuesta para modificar dos artículos del actual Reglamento del Ingreso Mínimo de Inserción Social (IMIS) de la Ciudad Autónoma. Cuando entre en vigor su nueva redacción establecerá que su percepción complementaria con otras ayudas tendrá como techo el equivalente a “el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que anualmente se fije respecto de otras prestaciones económicas a que pudieran tener derecho”.

Hasta la fecha se regulaba que el IMIS, el 'salario social' que la Administración local puso en marcha a finales de 2008 a instancias de Caballas, sería complementario “hasta el importe que corresponda percibir al beneficiario respecto de los recursos que disponga él o cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia, así como de las prestaciones económicas a que pudieran tener derecho”.

La cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) lo fija cada año el Gobierno central y este ejercicio ha quedado fijado en 645,30 euros al mes (21,51 euros diarios y en cómputo anual en ningún caso inferior a 9.034,20).

Además, según ha analizado la Comisión de Asuntos Sociales, el Ejecutivo local propondrá a la Corporación retocar el apartado tercero del artículo 17, relativo al cobro del IMIS, para que se devengue “a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de resolución de la concesión”. Hasta ahora el texto establecía que el abono se efectuaría “por mensalidades vencidas”.

La cuantía mensual del IMIS, “una prestación periódica de naturaleza económica dirigida a cubrir las necesidades de aquellas personas que carezcan de recursos económicos suficientes para hacer frente a los gastos básicos para la supervivencia”, está fijada en 300 euros y se incrementa en un 10% por cada miembro de la unidad de convivencia “hasta un máximo de 420 euros”.

El IMIS sólo será compatible con más ayudas hasta el equivalente al Salario Mínimo Interprofesional


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