Un asesor de Vivas arguye que no tiene horario fijo para seguir en el turno de oficio como abogado


Un asesor de Vivas arguye que no tiene horario fijo para seguir en el turno de oficio como abogado

- Javier Sánchez-Paris Contreras "no ha solicitado" la compatibilidad de su trabajo como personal eventual, con retribuciones superiores a 2.500 euros mensuales, con el de letrado, según el Ejecutivo local

- La Ley establece como "principio fundamental" la dedicación del personal al servicio de las Administraciones Públicas "a un solo puesto de trabajo"

Javier Sánchez-Paris Contreras, asesor del presidente de la Ciudad, Juan Vivas, desde el pasado 28 de julio, tiene guardia en el turno de oficio como abogado el próximo viernes. El hijo del que fuera jefe de Gabinete del líder del Ejecutivo local mantiene ambos trabajos porque, según ha argumentado ante el Colegio de Abogados, como asesor no tiene un horario fijo, por lo que según su interpretación no hay inconveniente para compatibilizarlo.

El 17 de este mes y el 5, el 14 y el 31 de octubre también estuvo de guardia como letrado, un servicio que supone unas retribuciones de unos mil euros mensuales en concepto de fijo. Apdarte, si en una de esas guardias toca un gran número de detenidos o un paquete de órdenes de expulsión de inmigrantes, por ejemplo, los ingresos se pueden multiplicar hasta por seis.

Como asesor, tanto Sánchez-Paris como José Luis Grimaldi y Jesús María González Barceló tienen asignadas unas retribuciones que superan los 2.500 euros mensuales: 720 de sueldo, 535 de indemnización por residencia, casi 400 de complemento de destino y cerca de 1.600 como complemento específico.

Desde el Ejecutivo local han confirmado a Ceutaldia.com que el abogado "no ha solicitado" la compatibilización de sus dos trabajos. Si lo hubiese hecho se le tendría que haber dicho que no, según todas las fuentes consultadas. La Ley de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas parte del principio fundamental "de la dedicación del personal al servicio de las Administraciones Públicas a un solo puesto de trabajo, sin más excepciones que las que demande el propio servicio publico, respetando el ejercicio de las actividades privadas que no puedan impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometer su imparcialidad o independencia".

Un asesor de Vivas arguye que no tiene horario fijo para seguir en el turno de oficio como abogado


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