Nuestras autoridades locales desaparecieron. Han estado casi todos en Fitur. Aquí se quedó el Vicepresidente, defensor de los pobres, haciendo patria en el mercado. Allí vendieron las bondades de esta ciudad para practicar el turismo. Esperemos que más allá del Revellín y la calle Real. Pero el proyecto de la Manzana sigue adelante, a pesar del silencio decretado. También la recogida de firmas a favor de una Manzana cultural. Y poco a poco se van conociendo los informes millonarios 'ad hoc' solicitados. Y las encuestas. Y por ello, las burdas manipulaciones informativas a las que someten a la ciudadanía.

Por ejemplo, se pregunta si se está de acuerdo con que el mercado central esté en el centro. Y la gente responde que sí, pues es de sentido común que un mercado central esté en el centro, no en la periferia. Pero la oficina de prensa del señor Paris nos transmite que el 70% de los encuestados están a favor del traslado del mercado central a la Manzana del Revellín. Digo yo que será por estar en el centro. En otro informe encargado se pregunta si sería viable un mercado en el complejo de Álvaro Siza. La respuesta, lógicamente, es que sí, pero que tendría innumerables problemas y desventajas. Y la oficina del señor Paris esconde el 'pero' y nos dice que Mercasa está a favor del traslado del mercado central a la Manzana del Revellín. Aunque la mejor de todas las ocurrencias fue la del Vicepresidente, defensor de los pobres, que quería trasladar el mercado central a la Manzana para que a los conciertos no fueran sólo los ricos. Todo un concepto modernista y funcional de la cultura. Es decir, un ejemplo de transparencia y claridad informativa.

Los delitos contra la Administración Pública se corresponden con uno de los títulos del vigente Código Penal español, y se encargan de proteger el buen funcionamiento de la administración pública en todas sus esferas. Se ocupan de diversos comportamientos injustos de las autoridades y funcionarios públicos, como la prevaricación, la omisión del deber de perseguir delitos, el cohecho, el tráfico de influencias o la malversación de caudales públicos, entre otros.

Así, por ejemplo, muy ligado con los delitos contra la ordenación del territorio se encontraría el de prevaricación. No en vano, determinado sector doctrinal habla de prevaricaciones específicas en los actos, ya descritos en artículos anteriores, de informes o resoluciones favorables de licencias contrarias a las normas urbanísticas, es decir, a sabiendas de su injusticia. Pero el delito de prevaricación propiamente dicho exige, además, que dicha licencia se conceda de forma arbitraria. Se castiga con inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años. Y esto se haría de forma simultánea al delito contra la ordenación del territorio, al producirse un concurso ideal de delitos.

En el caso de la Manzana del Revellín, las licencias de obras para el movimiento de terrenos y para la construcción en un terreno de uso dotacional y equipamiento cultural han sido declaradas ilegales y, por tanto, son nulas desde el momento de su concesión. Y ello se hace porque es contrario al Plan General de Ordenación Urbana destinar estas construcciones a zona comercial. Pero esto ya lo sabían, tanto los promotores y constructores, como las autoridades y funcionarios que concedieron la licencia en su día. Como también lo saben los que han aprobado, a pesar de la sentencia, que un 10% de la obra se destine a uso comercial, y los que, seguramente, aprobarán que dentro del resto de la construcción se ubique un mercado de abastos. En este sentido es conveniente tener en cuenta que, según la jurisprudencia, cuando los promotores, constructores o técnicos acuerden con una autoridad o funcionario la consecución de una licencia sin que se cumplan las condiciones legales para poder disfrutar de la misma, se estarán dando los requisitos necesarios para la tipificación del delito de prevaricación. Mucho más, si después de una resolución judicial que declara nula una licencia, se sigue construyendo para zona comercial.

Si tenemos en cuenta que en el presente caso se vendió un solar público, no desafectado, en subasta pública, pero con unas cláusulas añadidas para construir de forma contraria al Plan General de Ordenación Urbana, la pregunta lógica sería si no estaremos ante un caso claro de prevaricación de autoridad o funcionario público. La respuesta la darán los Tribunales de Justicia.