- Hace unos meses, Esperanza Aguirre decía en diversos medios y escribía en twitter que “Podemos está con ETA”.

Tras sus palabras, Podemos, como no podía ser de otra forma, interponía una demanda para exigir su rectificación. La ex Presidenta de la Comunidad de Madrid no se amilanó y se mantuvo firme en sus imputaciones. A la hora de escribir estas líneas, la causa ha sido archivada: el juez ha argumentado que el comportamiento de Esperanza Aguirre está amparado por la libertad de expresión y el juego político de campaña.

En nuestro Código Penal puede leerse que “es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad” y que “las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses”.

Apoyar el terrorismo es un delito. “Estar con ETA” es un delito. Si Podemos “estuviera con ETA”, Podemos estaría cometiendo un delito y sería ilegalizado, no podría concurrir a las elecciones si tal cosa quedara probada. Como no existe tal prueba y vivimos en un estado de derecho en el que se presupone la inocencia, podemos afirmar que, hasta que no se demuestre lo contrario, Podemos “no está con ETA” y que decir lo contrario es mentir, es decir, es “imputar un delito con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio por la verdad”.

Un juez ha decidido que no es así y que las calumnias de Esperanza Aguirre constituyen un ejercicio de libertad. Un juez ha dicho que acusar a alguien de un delito sin tener pruebas ya no es calumnia. Un juez ha dicho que calumniar no es calumniar.