Nabyl Abselam

Quiero dejar constancia de una queja relativa a la atención de usuarios en el banco Santander situado en el paseo del Revellín.

¿acaso las normas del banco están por encima de la Ley?

Esta mañana me he personado en este banco para pagar una tasa administrativa de la administración de justicia, para poder solicitar el certificado de antecedentes penales con el fin de presentarme a unas oposiciones, en la cual exigen el citado documento.

no hay ninguna normativa que exija que, como requisito indispensable para pagar una tasa de un organismo oficial, debas de tener una cuenta bancaria para hacerlo

Mi sorpresa, después de haber esperado más de media hora para que pasara a caja, fue que el trabajador del Banco me dijera que ‘si no disponía de cuenta bancaria en esa entidad, no podía realizar el pago de dicha tasa’, cuando no hay ninguna normativa que exija que, como requisito indispensable para pagar una tasa de un organismo oficial, debas de tener una cuenta bancaria para hacerlo. Eso sería discriminatorio y excluyente.

exigí una hoja de reclamaciones, a lo que también se negó, espetando que ‘no estaban obligados a tenerlas’

Le exigí al trabajador que me enseñará dicha normativa, por la cual, según él, yo no podía pagar por no tener cuenta bancaria en esa entidad, a lo que se negó en rotundo. Le exigí también una hoja de reclamaciones, a lo que también se negó, espetando que ‘no estaban obligados a tenerlas’. Entonces, le pregunté cómo podía dejar constancia de mi queja, y me facilitó un número de teléfono del propio banco que se dedica a ese fin. Llame y deje constancia de mi malestar con la atención recibida.

Lo que me resultó bochornoso, es que tampoco me facilitarán la cuenta bancaria del estado para poder hacer el ingreso a través del cajero. Lo extraño, es que hace menos de un mes, tuve que pagar otra tasa oficial de un organismo público diferente, y acudí a una entidad bancaria que no era la mía, y en este caso, no me pusieron ningún tipo de pega ni impedimento para hacer el pago.

no existe ninguna normativa que exija que, como requisito indispensable para pagar una tasa oficial administrativa, se tenga que disponer de cuenta bancaria (al menos que yo conozca)

Después de pasar este mal rato en el banco, me asaltaron varias preguntas a mi mente, y es que, si en el supuesto caso de que yo no tuviese cuenta bancaria en ninguna entidad, ¿cómo hubiera hecho para pagar esta tasa administrativa si ni tan si quiera me facilitan el número de cuenta del Estado?

Y repito, no existe ninguna normativa que exija que, como requisito indispensable para pagar una tasa oficial administrativa, se tenga que disponer de cuenta bancaria (al menos que yo conozca), ya que la única forma que hay para pagarla es a través de los bancos. ¿Y si mi banco no estuviera en Ceuta? ¿Y si no tuviera ninguna cuenta bancaria? No veo normal esta exigencia, y añado: la ley no te exige tener una cuenta bancaria para pagar tasas administrativas de organismos públicos del Estado. ¿O acaso las normas del banco están por encima de la Ley?