- jueves 25 abril 2024
El Gobierno, que niega tener vínculos con esta empresa, con web en construcción, administrada por un trabajador de amgevicesa y con un concesionario de coches gerenciado por un condenado por apropiación indebida, podría haber pagado un sobre precio de hasta 150.000 euros en un expediente avalado por Deu
La sección sexta del de Ceuta de la audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a seis años de inhabilitación por prevaricación administrativa al que fuera presidente de la autoridad portuaria, José Torrado, pero le ha absuelto de las acusaciones de malversación de caudales públicos. Asimismo la sentencia condena a Torrado a pagar la mitad de las costas y se declara la nulidad de pleno derecho de las resoluciones del presidente de la autoridad portuaria al respecto de la causa.
- Hamido Hamido Mohamed difundía en varias plataformas digitales y redes sociales "material audiovisual con fotos, vídeos y música en los que se presentaba a grupos yihadistas y a sus dirigentes como héroes"
- La Audiencia Nacional le absuelve del delito de colaboración con organización terrorista en su modalidad de captación y adoctrinamiento del que le acusaba la Fiscalía
- La condena, por conformidad, considera al estudiante responsable de un delito de atentado y otro leve de lesiones sin agravantes ni atenuantes
- El joven, que sigue expulsado y sin plaza en otro instituto, estará sometido durante doce meses a "vigilancia y supervisión a cargo de personal especializado"
- El ex consejero dice que se ha sentido "solo" durante estos dos años y asume como un posible error haber mantenido a Jaramillo en la Viceconsejería de Festejos
- Recurrirá la sentencia que le impone siete años de inhabilitación pese a que no le afecta "para nada" y repite que tiene "la conciencia tranquila y las manos limpias"
- La sentencia alaba que los miembros del jurado obviasen “acertadamente” los “intentos de intoxicación de la realidad” efectuados por la defensa en base a las “imprecisiones” del testigo protegido y la viuda de 'Tafa Sodia'
- El condenado no podrá pisar la ciudad durante una década cuando salga de prisión porque "la reminiscencia del delito podría permanecer radicada afectando los sentimientos de las víctimas colaterales, a los que tampoco es aconsejable el acercamiento”