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El PP indemnizará a Jesús Sepúlveda con 229.000 euros por despido improcedente

El vicesecretario general de Organización, Carlos Floriano, confirma el acuerdo con el exalcalde de Pozuelo y exmarido de Ana Mato, al que despidieron en febrero tras conocerse nuevos datos de su implicación en el 'caso Gürtel'

El PP indemnizará a Jesús Sepúlveda —exalcalde de Pozuelo de Alarcón (Madrid) imputado en el caso Gürtel y exmarido de la ministra Ana Mato— con 229.000 euros por despido improcedente, según adelanté este jueves el vicesecretario general de Organización del partido, Carlos Floriano. En una entrevista en Antena 3, el dirigente conservador confirmó este acuerdo alcanzado con Sepúlveda por el PP, que el 11 de febrero remitió al exmarido de Mato una carta de despido después de conocerse nuevos datos de su implicación en el caso Gürtel.

La Generalitat velenciana indemnizará con 3.900 € a una alumna que sufrió acoso escolar

La Conselleria de Educación deberá indemnizar con 3.987 euros a los padres de una niña de 13 años que vivió una situación de reiteradas amenazas y acoso psicológico en varios centros educativos, lo que le causó un estrés postraumático con el consiguiente daño moral que debe ser indemnizado.
Así lo propone un dictamen del Consell Jurídic Consultiu (CJC), que aprecia que en este caso existe responsabilidad patrimonial de la Administración educativa y unos daños que la menor de edad no tiene el deber jurídico de soportar.
Los hechos se remontan al curso 2004-2005, cuando una alumna de un IES de Almoradí (Alicante) sufrió acoso escolar por parte de algunas compañeras, ante lo que su madre expuso a la dirección del centro ese proceso, que se había iniciado unos tres años antes y que se había ido agudizando hasta llegar a una situación "insoportable, por el continuo maltrato del que era objeto y que repercutía en su rendimiento escolar".
El director del instituto habló entonces con el jefe de estudios, con el tutor, con los profesores de la alumna y con los padres de las alumnas implicadas, tras lo que propuso hacer cambios de clase para el curso siguiente con el fin de que no coincidieran en el mismo grupo, pues a su juicio se trataba más de "posible rechazo" que de acoso.
Dicha situación llevó a que los padres solicitaran un cambio de centro escolar, y trasladaron a su hija a otro IES para el curso 2005-2006, donde en noviembre de 2005 ésta comunicó al director que tres alumnas la habían insultado y amenazado en los pasillos del centro, y en diciembre sufrió amenazas en los pasillos por tres alumnas del centro y por otra que no pertenecía a él.
En enero de 2006 sufrió nuevas amenazas en los pasillos por dos alumnas, una del centro y otra que no lo era, y de todas ellas formularon denuncia ante la Guardia Civil.
En la denuncia de noviembre, se expone que también pusieron en conocimiento del Inspector de Educación de Alicante lo que estaba ocurriendo, quien les dijo que había hablado con el director y "al parecer no había para tanto, y que aquellas chicas eran buenas".
El órgano consultivo de la Generalitat que vela por el cumplimiento del ordenamiento jurídico en la Comunitat considera que, de lo expuesto, se desprende que la alumna sufrió amenazas por parte de determinadas alumnas, primero en un instituto y posteriormente en otro, lo que los padres comunicaron a los directores.
Asimismo, opina que los responsables de los centros educativos adoptaron medidas correctoras, si bien "no se le dio a los incidentes la importancia que según los declarantes realmente tenían, pues en ningún momento se estimó existente un supuesto de posible acoso escolar".
Por ello, CJC considera que existió una situación de reiteradas amenazas y acoso psicológico a la alumna en el marco del servicio educativo público, que no fue advertido como tal por el profesorado y la Administración educativa.
Además, resalta el hecho de que en ese acoso interviniera una menor que no pertenecía al centro educativo, lo que evidencia "una insuficiencia de control" en el acceso al recinto educativo.
Los daños sufridos por la hija de los reclamantes tuvieron origen en la convivencia escolar, señala el CJC, y aunque inicialmente se desplegó una actividad encaminada a evitar los hechos dañosos, ésta no obtuvo el éxito deseable.
Los reclamantes pedían una indemnización de 63.421 euros, si bien el CJC considera, basándose en un informe de la Comisión de valoración del daño corporal, que la indemnización por los daños debe ser de 2.432 euros, a lo que cabe sumar 1.555 en concepto de gastos de tratamiento psicológico y psiquiátrico.

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