obsoleta
_CEE San Antonio 25-N 7
ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

El Foro (medio) concluye que la legislación sobre Educación Especial es "ambigua" y "obsoleta"

El órgano consultivo analiza los informes de la Inspección y la Unidad de Programas Educativos sobre los medios disponibles para atender a la diversidad, que dicen que cumple con la normativa, y sin acuerdos formales llega a la conclusión de que convendría actualizarla y llevar la reflexión más allá de los recursos humanos existentes.

Hernández insiste en que la memoria económica del PGOU no es “real” y ya ha quedado obsoleta

- El líder de los socialistas de Ceuta insiste en su apreciación sobre la falta de una memoria económica "real" en el Plan General de Ordenación Urbana

- Así censura que antes de aprobarse ya ha quedado desfasada por la entrada en vigor de normativa que obligará por ejemplo a ampliar las expropiaciones para la carretera a la frontera y que no está contemplada en el docuento al que alude Fomento

Una Ley de Responsabilidad Penal del Menor obsoleta

En mi colaboración de hoy no reflexionare en relación a las declaraciones ofrecidas por el presidente de una asociación de navieros la pasada semana con motivo de un presunto incremento en las tasas portuarias, que incidirían directamente en las tarifas del transporte marítimo del Estrecho a partir del próximo año, como consecuencia de la entrada en vigor de la nueva Ley de puertos del Estado. Tampoco, reflexionaré con la intención de aclarar a la ciudadanía, que el Ejecutivo local poco puede hacer en una cuestión, que tan solo compete al Gobierno de España a través de su ministerio de Fomento aunque, su compromiso en la reducción de dichos costes es más que evidente puesto que, ha propiciado la creación de una Comisión junto a la administración general del estado, que trabaja en la reducción de los precios incluidos en el contrato de la línea de interés público.

En el día de hoy, reflexionaré en relación a una cuestión fundamental para nuestro futuro, la educación de nuestros hijos por ello, compartiré mi desasosiego cuando mi hijo de nueve años me planteó la siguiente pregunta, ¿papa, entonces quién me protege a mí? tras recibir la respuesta de una fiscalía de menores, que no puede actuar contra un menor de catorce años, que había cercenado violentamente sus derechos, tal y como ordena la obsoleta Ley de Responsabilidad Penal del Menor. Por tanto, la fiscalía de menores se ve obligada a defender los intereses de este delincuente en potencia frente a los derechos de dos menores de 9 años, que sufrieron el ataque violento de quien les arrebató cruelmente su inocencia infantil, colocándoles una navaja de considerables dimensiones en el cuello.

Quizás, es el momento adecuado para recordarles a nuestros lectores la detención en el estado de Morelos (México) de un sicario menor de 14 años, autor confeso de varios asesinatos por degollamiento, después de ser reclutado a los 11 años. Un joven apodado “El Ponchis” que estaba bajo las órdenes de un capo de la droga mejicana. Sin ninguna duda, no es equiparable a la actuación de quien violento a mi hijo pero, es una muestra ejemplarizante de lo que podría llegar a suceder en nuestro país de no acometer urgentemente las reformas necesarias.

Por tanto, desde el respeto absoluto al Estado de Derecho pero, como padre desconcertado ante tal problemática, ruego a quien competa responda a la cuestión planteada por un menor, que tras este suceso ha perdido totalmente su concepto de justicia, de protección. Un menor, que se siente totalmente desprotegido, totalmente desvalido por quienes deberían defender sus intereses, por quienes deberían proteger los derechos de la infancia en su totalidad. Un menor, que ha perdido su inocencia infantil, como consecuencia de la aplicación de una Ley anclada en el pasado. Los tiempos han cambiado y con estos, también el concepto de infancia por tanto, se hace totalmente necesario introducir modificaciones sustanciales en la citada Ley. Nuestros hijos, nuestros jóvenes merecen este esfuerzo por parte de todos.

La ley de protección de testigos, obsoleta

La Constitución de 1978 introdujo importantes garantías procesales y supuso la humanización del sistema represivo en general. Hoy en día no es valida la búsqueda de la verdad por cualquier medio, es preciso que se respeten determinadas garantías cuya finalidad es proscribir la arbitrariedad, y la cárcel ya no es un espacio para "vigilar y castigar", sino dirigido a la reinserción y la rehabilitación.
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