La Ciudad se propone multar con entre 1.501 y 3.000 euros el 'botellón' en la calle y el Poblado


La Ciudad se propone multar con entre 1.501 y 3.000 euros el 'botellón' en la calle y el Poblado

- Desprenderse de residuos "no utilizando los contenedores" también tendrá la consideración de falta muy grave en la futura 'Ordenanza sobre buen uso de los espacios públicos'

- Los daños a los autobuses urbanos se tipifican como faltas graves con multas de entre 501 y 1.500 euros que deberán pagar los padres si los cometen menores

La Consejería de Medio Ambiente va a meterle mano al 'botellón' y a otras actividades "incívicas" que hasta la fecha parece imposible controlar en la ciudad, como el desguace de vehículos. Será a través de una 'Ordenanza sobre buen uso de los espacios públicos' que Yolanda Bel elevará al Pleno del lunes 31 de enero para solicitar de la Cámara autonómica su aprobación inicial. El texto, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Ceutaldia.com, nace con la vocación de "dotar al conjunto de ciudadanos de un instrumento que sea entendido como la norma básica de convivencia que propicie el ciudado y la protección de los espacios públicos y del mobiliario urbano con el objeto de contribuir a mejorar la calida de vida de los vecinos de nuestra ciudad".

En su articulado señala ocho comportamientos de especial gravedad. Se trata de: 1) comportamientos agresivos que dañen los bienes públicos o privados o molesten a los ciudadanos; 2) cometer "actos que puedan considerarse vandálicos"; 3) acampar o "asentarse" en vías y espacios públicos sin autorización; 4) bañarse, lavar o arrojar objetos "en fuentes, estanques y similares"; 5) será "de especial gravedad" toda manipulación "sobre elementos sitos o pertenecientes a las zonas verdes; 6) el desguace de vehículos, maquinaria, electrodomésticos o similares en la vía pública o en recintos privados sin autorización para ello; 7) "las reuniones o concentraciones en la vía publica, en lugares de tránsito público con ingesta de bebidas alcohólicas o en otros lugares próximos a locales de ocio"; y 8) "causar deterioros en los vehículos del servicio público de transportes colectivo de viajeros por comportamiento incívicos, o el uso inadecuado de los mismos, cuando el hecho no pueda calificarse como infracción penal".

Faltas muy graves, graves y leves

El 'botellón', "desprenderse de residuos no utilizando los contenedores" y desguazar maquinaria en lugares privados sin permiso serán consideradas faltas muy graves y conllevarán una sanción económica de entre 1.501 y 3.000 euros. Los actos vandálicos, las acampadas o asentamientos, las agresiones a zonas verdes, el desguace en la vía pública y el deterioro de autobuses están tipificadas en el proyecto de Ordenanza como faltas graves (sanciones de entre 501 y 1.500 euros).

"Tienen la consideracíón de infracciones leves todos aquellos incumplimientos y vulneración de prohibiciones establecidas en la presente Ordenanza que no se encuentren expresamente tipificadas como graves o muy graves", completa el texto.

En la imposición de las sanciones se tendrá en cuenta "el principio de proporcionalidad" para adecuar la gravedad del hecho infractor y la cuantía de la multa. Los principales criterios que usará la Administración para ello serán "la existencia de intencionalidad o reiteración", "la naturaleza de los perjuicios causados" y "la reincidencia, por comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza, cuando así haya sido declarado por resolución firme".

La Ordenanza deja la puerta abierta para que las personas denunciadas puedan "asumir su responsabilidad y conformidad" mediante el pago de las sanciones de multa, cuando sea la infracción de índole leve, con una reducción del 40% del importe de la sanción si el pago se hace efectivo antes del inicio del procedimiento sancionador, o con una reducción del 20% del importe de la sanción si el pago se hace efectivo antes de la resolución.

 

Los padres, responsables solidarios de los menores

Serán responsables de las infracciones "las personas físicas o jurídicas que las cometan, aún a título de simple inobservancia" y "los padres o tutores responderán solidariamente del pago de las sanciones derivadas de las infracciones cometidas por personas menores de edad.

La actuación policial relacionada con cualquiera de las infracciones señaladas "estará encaminada a lograr el restablecimiento de las condiciones de seguridad y tranquilidad que se hayan visto alteradas y que hayan motivado su intervención, mediante el empleo racional y congruente de los medios a su disposición en razón de la situación que provoca su intervención". En estos términos, "los agentes de la autoridad, a fin de evitar el mantenimiento de los efectos de la infracción, adoptarán las medidas oportunas orientadas a la retirada de las bebidas, o los materiales u objetos empleados, y solicitarán de los servicios de limpieza pública su inmediata intervención".

La Ciudad se propone multar con entre 1.501 y 3.000 euros el 'botellón' en la calle y el Poblado


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