Haber renunciado a un trabajo en los últimos 6 meses vetará recibir ayuda al alojamiento alternativo


Haber renunciado a un trabajo en los últimos 6 meses vetará recibir ayuda al alojamiento alternativo

- El proyecto de Reglamento elaborado por la Consejería de Asuntos Soociales limita a 300 euros la cuantía máxima de la prestación y a 700 la renta subvencionable

- Quien haya abandonado un empleo en los doce meses anteriores a la solicitud también será excluido como beneficiario

El futuro Reglamento de Alojamiento Alternativo de la Ciudad Autónoma de Ceuta establecerá como motivo de exclusión para el acceso a las prestaciones públicas, que se limitarán a un máximo de 300 euros al mes, que el solicitante haya "renunciado a un puesto de trabajo sin causa justificada dentro de los seis meses anteriores a la petición" o "que haya causado baja voluntaria en su trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena, dentro de los doce meses anteriores".

El texto, que la consejera de Asuntos Sociales, Rabea Mohamed, llevará a la Sesión Plenaria Ordinaria del mes de junio la próxima semana, establecerá en 700 euros mensuales la renta máxima a subvencionar por la Administración local y fijará en 60 mensualidades, cinco años, el periodo tope durante el que se podrán percibir ayudas al alquiler. Una vez extinguida la prestación, no podrá pedirse de nuevo hasta que pasen 18 meses.

Tampoco podrán recibir ayudas aquellas unidades familiares que, una vez descontado el importe de su alquiler de sus ingresos mensuales, tengan disponible el 65% de los mismos.

Los solicitantes susceptibles de recibir ayudas deberán ser residentes legales en España mayores de edad con una antigüedad mínima como empadronados en la ciudad autónoma de dos años que, además, acrediten tener "una fuente regular de ingresos".

La cuantía de la prestación se determinará en cada caso atendiendo a "los ingresos ponderados de la unidad familiar" atendiendo a su número de miembros y a las características de cada uno de ellos (discapacitados, víctimas de violencia de género, mayores...), aunque "en ningún caso se subvencionarán los gastos concernientes a la fianza, primer recibo o derivados de una agencia inmobiliaria salvo resolución expresa de la Comisión de Valoración".

Dicho órgano estará formado por el titular político del área de Asuntos Sociales y cuatro funcionarios nombrados por éste. Además de determinar la cuantía de las prestaciones a conceder, se encargará de "estudiar los casos de excepcionaidad cuando los solicitantes no reúnan alguno de los requisitos exigidos para acceder" a la misma.

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