DECRETO

La Ciudad aprueba la regulación del teletrabajo para sus empleados públicos

La Ciudad aprueba la regulación del teletrabajo para sus empleados públicos
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El decreto fue aprobado en 2020 y recurrido en 2021 y excluye al personal con funciones sanitarias o docentes.


La Ciudad Autónoma de Ceuta ha publicado este martes en el Boletín Oficial de la Ciudad el decreto definitivo de la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública por el que se regula la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo.

El decreto fue aprobado inicialmente en 2020 y recurrido en 2021 para que justificara las exclusiones al personal con funciones sanitarias y al personal con funciones docentes. Respecto al personal que realiza funciones sanitarias, las competencias que ejercen son de inspección, vigilancia y control, así como de promoción, protección y vigilancia de la salud, debiendo realizar entre otras tareas como visitas de inspección, toma de muestras, análisis en laboratorio ó exámenes médicos, siendo para ello necesario la actividad presencial. También es necesaria la presencia de los trabajadores como es el caso de la Residencia de Mayores, Unidad de Conductas Adictivas, etc.... “Por tanto, atendiendo al contenido competencial de estos puestos, para la eficacia y eficiencia de la prestación del servicio, deben quedar excluidos del ámbito de aplicación de la modalidad no presencial mediante la fórmula del teletrabajo”, argumenta el decreto extendiendo las razones al personal que desempeña funciones docentes “fundamentalmente en centros de menores que requieren la atención directa y presencial, al tratarse de colectivos con dificultades y centros que deben ser atendidos veinticuatro horas, no siendo posible la prestación de estos servicios mediante la fórmula del teletrabajo lo que justifica la exclusión de su aplicación”.

Combinar presencialidad y teletrabajo

La nueva normativa constituye, explica la Consejería en su decreto, “un impulso definitivo de modernización de la Administración, implementando una nueva forma de organización del trabajo en el ámbito del sector público, que mejore la prestación del servicio y aporte bienestar a los empleados públicos”. Así se establece expresamente que el teletrabajo deberá contribuir a una mejor organización de las tareas a través de la identificación de objetivos y la evaluación de su cumplimiento. Pero, advierte, “esta modalidad de trabajo no se considera ordinaria ni absoluta, debiendo determinarse en el ámbito de cada Administración competente la manera de combinar presencialidad y teletrabajo en el régimen que se establezca, de tal forma que se garantice, en todo caso, la atención directa presencial a la ciudadanía”.

La Ciudad aprueba la regulación del teletrabajo para sus empleados públicos


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