El hecho de que la Ciudad vaya a financiar parte del coste de su construcción con fondos continentales implica de por sí ciertos condicionantes sobre quienes pueden acceder al alquiler social de las 29 casas de alquiler social
La Ciudad anunció ayer (miércoles) que se iniciaba el proceso de licitación para construir las primeras viviendas de su plan 2025-2028. Se trata de 29 domicilios que se destinarán al alquiler social y que se ubicarán en la parcela 1M3 del PERI PR3 Huerta Téllez, en la calle Miguel Lara.
La actuación cuenta con un presupuesto estimado de 3,1 millones de euros, con un 70 % aportado por la Ciudad y el 30 % restante por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, a través de los fondos Next Generation de la Unión Europea, gestionados a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
El hecho de que parte de la financiación para erigir las viviendas venga de la UE condiciona ya de por sí varias cuestiones. En primer lugar, es obligatorio que las viviendas sean eficientes energeticamente. Un concepto ampliamente publicitado en los documentos que ha publicado el Estado respecto a la convocatoria de ayudas que sufragará parte del proyecto, cuya finalización se estima para antes del 30 de junio de 2026.
Condiciones para el arrendatario
El segundo aspecto que se deriva de las normas que impone la UE es que ya existen -a falta de que la comisión bilateral encargada del seguimiento de los fondos las detalle- una serie de condicionantes sobre quién puede acceder al alquiler social de esos 29 pisos en Huerta Téllez.
La publicación en el BOE de la línea de ayudas deja a las claras que solo podrán ser arrendados a personas que vayan a tener su domicilio habitual y permanente en ellos, priorizando siempre el criterio social.
Además, indican que, la comisión bilateral de seguimiento, a propuesta de la comunidad autónoma o ciudad de Ceuta y Melilla, limitará, para cada edificio o vivienda de la actuación, los ingresos máximos que los titulares del contrato de arrendamiento deban tener, en su conjunto.
Este umbral recogerá condiciones menos restrictivas para las diferentes categorías de familia numerosa y los distintos tipos de personas con discapacidad.
