El desmadre de Santa Catalina
parque santa catalina
Imagen de archivo.

El Tribunal de Cuentas considera que la Ciudad pudo "restringir la competencia" en el diseño de los Pliegos para adjudicar la segunda fase del sellado del antiguo vertedero, recela de las prórrogas concedidas hasta durante un año alegando que hacía mal tiempo, no tiene certificaciones para justificar toda la inversión efectuada y destaca que no se expedientó a la adjudicataria por incumplimientos.

En noviembre del año pasado, tras mucho insistir, los ceutíes supieron que según Tragsa el Parque Periurbano de Santa Catalina es un erial porque se puso poca y mala tierra pero, tras la polvareda del momento, poco o más se supo de las circunstancias de la ejecución de la obra, en la que se invirtió más de un millón de euros que supuestamente, según la versión gubernamental, se llevó el viento.

Según el Tribunal de Cuentas, la Administración autonómica incurrió el múltiples irregularidades en el seguimiento de una obra que el Gobierno dio por finiquitada ante los medios justo antes de las elecciones de 2015.

La licitación incluyó dos partes diferenciadas: la restauración vegetal (con un presupuesto de 1,5 millones) y la "mejora en elementos de seguridad del parque: accesos y alumbrado (431.970 euros)" pero "no se fijaron las causas que motivaran la contratación conjunta de ambas prestaciones, lo que ha ocasionó la exigencia de una clasificación a todos los licitadores que en el caso de contratación separada no tenían que haber presentado, lo que podría haber restringido la concurrencia". Para excusarse, desde la Ciudad "sólo ha sido remitido en fase de aclaraciones una hoja de fecha 28 de octubre de 2016, sin firmas y sin sellos de procedencia del arquitecto y del ingeniero en el que no se justifica suficientemente esta circunstancia".

El contrato de obras de la segunda fase de sellado del vertedero se formalizó en mayo de 2014 por un precio de 1,2 millones de euros y un plazo de 9 meses. El 27 de junio se levantó acta de comprombación del replanteo, por lo que atendiendo a la duración del contrato "las obras deberían finalizar en marzo de 2015".

Cuando llegó esa fecha se solicitó una ampliación del plazo de 30 días y una paralización temporal parcial de la obra "motivado en inclemencias del tiempo por fuertes temporales de levante que afectaban a las plantaciones". En abril, el día 27, se concedió la ampliación de plazo de un mes "fijándose como plazo de finalización de las obras el mismo día 27 de abril", así como la suspensión temporal parcial de las obras del entorno de una plataforma y el área correspondiente de la pasarela prevista en el proyecto.

Ese mismo mes, siempre según el relato del órgano fiscalizador, se concedió una nueva ampliación del plazo de ejecución del contrato de 45 días "motivado en un informe del proveedor de plantas (no remitido al Tribunal) y ante la persistencia de la climatología no idónea para las plantaciones".

En julio se firmó Acta de Recepción Parcial de obra, quedando fuera la parte correspondiente con la plataforma 9 y la pasarela proyectada, sobre las que el 29 de septiembre de 2015 se firmó Acta de Reinicio de las obras "al comprobarse que han quedado disponibles los terrenos por dicha parte de la obra y haber desaparecido las causas que motivaron la suspensión temporal parcial".

Seis meses después, el 15 de abril de 2016, "con más de 1 año de retraso respecto del plazo inicial, se extendió acta de recepción de las obras". Al Tribunal de Cuentas le constan certificaciones de obra desde julio de 2014 hasta noviembre de 2015 por un precio de 1,1 millones, lo que supone solo "un 98,16% respecto del total del contrato".

"De conformidad con los hechos descritos", recapitula el dictamen del órgano fiscalizador, "se desprende que ha existido una demora de más de un año motivada, entre otras causas, en inclemencias del tiempo, sin que se haya concretado suficientemente ni la naturaleza, ni la duración, ni la cantidad, ni la incidencia en las distintas partes de las obras de las precipitaciones por las que se amplió el plazo de ejecución".

Además, la empresa adjudicataria no procedió a la contratación de los trabajadores de inserción que imponían los Pliegos "sin justificación acreditativa de la incoación de los expedientes previstos a fin de imponer las sanciones que en su caso procedieran".

El desmadre de Santa Catalina


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