FASE DE OPOSICIÓN

Un ejercicio teórico-práctico relacionado con el trabajo cotidiano, prueba únicá en las consolidaciones

Un ejercicio teórico-práctico relacionado con el trabajo cotidiano, prueba únicá en las consolidaciones
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Imagen de recurso.

En la fase de concurso, que pesará un 45%, por el desempeño de la plaza de trabajo a la que se opte se concederán 0,46 puntos por mes completo hasta un máximo de 45. “Por experiencia en la plaza a la que se opte en cualquier Administración Pública” únicamente se darán 0,10 “hasta un máximo de 17,5”.


No será "un traje a medida" del personal no fijo que ya trabaja en la Ciudad sino un marco para “garantizar que se reconocen los servicios prestados”. No se llega al "escándalo" de 2008, cuando en el BOCCE se llegaron a publicar unas Bases que preveían que los opositores hicieran el examen en casa y después jurasen que el resultado era suyo para, a continuación, finiquitar la fase de oposición con una "descripción" de sus labores diarias.

Las bases generales (que deberán concretarse para cada plaza) pactadas por el Ejecuivo de Vivas y los sindicatos con representación en la Administración autonómica (UGT, CCOO y CSIF) para ordenar el “proceso de consolidación y estabilidad del empleo público de la Ciudad Autónoma” estipulan que la fase de oposición consistirá, en “ejercicio único”, en la realización de una prueba “de carácter teórico-práctico” a elegir entre tres a proponer por el Tribunal sobre las materias que compongan la materia de cada plaza.

Según el documento rubricado por el Ejecutivo y las centrales sindicales, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Ceutaldia.com, el contenido “guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de las plazas objeto de cada convocatoria”. Tendrá carácter eliminatorio y pesará un 55% de la puntuación total del proceso. Se valorará de  0 a 55 puntos y será necesario “obtener un mínimo de 27,5 puntos para superarlo”.

El 45% restante corresponderá a la fase de concurso, en la que “se valorarán los méritos alegados que sean justificados documentalmente y debidamente compulsados por los aspirantes en el momento de presentar la solicitud”. Esta fase “no tendrá carácter eliminatorio” y no podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición pese a que será “previa” a esta última.

La fase de concurso se ha estructurado en base a dos apartados, uno para las plazas de la plantilla de personal laboral y otro para las de personal funcionario, aunque en ambos casos se estipulan las mismas consideraciones para la valoración de los méritos de cada opositor. En ambos casos por el desempeño de la plaza de trabajo a la que se opte se concederán 0,46 puntos por mes completo hasta un máximo de 45 y sin tener en cuenta fracciones.

El ejercicio único de la fase de oposición “guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de las plazas objeto de cada convocatoria”

Dicha valoración será muy superior, más de cuatro veces, a la puntuación que se otorgará “por experiencia en la plaza a la que se opte en cualquier Administración Pública”, ya que en este caso únicamente se darán 0,10 puntos por mes trabajado “hasta un máximo de 17,5”. “En todo caso”, deja claro el acuerdo, “la experiencia se justificará mediante certificado acreditativo del periodo trabajado y categoría laboral”.

La valoración de la experiencia en cada plaza dentro de la estructura de la Ciudad Autónoma como mérito en la fase de concurso “únicamente se realizará si el aspirante hubiera tenido la condición de funcionario interino [o Laboral]” de la Administración autonómica en la categoría objeto de la convocatoria “con anterioridad al 1 de enero de 2005 o al 31 de diciembre de 2013, respectivamente, y la continuara teniendo a la finalización del plazo de presentación de solicitudes”.

Más de 350 plazas

Un BOCCE extraordinario ha recogido esta semana la Oferta Pública de Empleo complementaria a la ordinaria de Ceuta para el año 2017 con 361 plazas en la Ciudad Autónoma y el ICD para materializar el acuerdo alcanzado el pasado 25 de octubre por el Gobierno de la Ciudad junto a las tres centrales sindicales con representación para la mejora de empleo público en aplicación del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en el artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de este año.

El total contempla tres supuestos en los que se permite la convocatoria en turno libre de un número de plazas superior al resultante de la tasa de reposición, en todos los casos ocupadas por personal con una relación de servicios interina o temporal. Se trata de a) plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016; b) las cubiertas ininterrumpidamente desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005 de manera interina o temporal (de acuerdo con lo establecido en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, EBEP); y, finalmente, c) plazas correspondientes al personal declarado formalmente indefinido no fijo mediante sentencia judicial en ese sentido. 

Un ejercicio teórico-práctico relacionado con el trabajo cotidiano, prueba únicá en las consolidaciones


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