NO HAY DELITO

La Fiscalía archiva la denuncia por la vacunación de personas no incluidas en los grupos prioritarios

La Fiscalía archiva la denuncia por la vacunación de personas no incluidas en los grupos prioritarios
guerrero lopera apaisada
Javier Guerrero y Jesús Lopera., consejero de Sanidad y Director Territorial de Ingesa respectivamente.

Considera que no se ha vulnerado la Ley ya que la estrategia de vacunación “no es una norma jurídica”. 


La Fiscalía de decidido archivar las denuncias de MDyC, PSOE y Vox por la vacunación irregular de algunas personas que no estaban incluidas dentro de los grupos prioritarios. El fiscal no ve indicios de infracción criminal ni ninguno de los delitos apuntados por los denunciantes, que habían llevado el caso ante la Justicia por un posible delito de prevaricación y malversación de caudales públicos y subsidiariamente de tráfico de influencias y abusos en el ejercicio de funciones.

En los fundamentos de derecho, Fiscalía recuerda que para que se considere delito de prevaricación, han de darse tres requisitos: que el agente del delito sea autoridad o funcionario público; que dicte una resolución arbitraria en asunto administrativo y que lo haga a sabiendas de su injusticia. Condiciones que cree el fiscal no se cumplen en este caso, pues lo que se habría contravenido no es ni tan siquiera una norma jurídica, era solo una estrategia de vacunación: “Entiende el Ministerio Fiscal que no concurren los requisitos para poder apreciarse la comisión de un delito de prevaricación administrativa, ya que ello exigiría el dictado de una resolución administrativa (escrita o verbal, incluso podría cometerse a través de las vías de hecho) que fuera contraria al ordenamiento jurídico, y es ahí donde reside la atipicidad de la conducta desplegada, pues a pesar de las irregularidades detectadas a la hora de incluir o no a determinadas personas en los grupos de vacunación y de las interpretaciones forzadas y arbitrarias que se hayan podido hacer del Plan de Vacunación aprobado por el Consejo Interterritorial de Salud lo cierto es que no nos encontramos ante una norma jurídica”. 

“La Estrategia de Vacunación Covid-19 no ha sido publicada formalmente en el BOE ni en ningún boletín autonómico o local y no incluye exigencias de cumplimiento ni prevé sanciones para el caso de que no se observen sus prescripciones. No es una ley, ni un Real Decreto ni una Orden Ministerial, no es un acto administrativo. Stricto sensu, no existe en nuestro ordenamiento norma jurídica alguna que regule la prioridad o el orden de vacunación. Adicionalmente, se trata de un plan cambiante, dinámico, que varía conforme se producen nuevas reuniones del Consejo Interritorial, lo que ha determinado la creación de nuevos subgrupos de vacunación dentro de los genuinamente creados según las necesidades surgidas y la aparición de nuevas vacunas contraindicadas para determinados grupos de edad”, argumenta. “Se trataría por tanto la Estrategia de Vacunación Covid-19 de un documento aprobado por el Ministerio de Sanidad y algunas comunidades autónomas, un documento cuyo rango legal no se especifica, cuyo texto no se incluye y que, además, es, literalmente un documento flexible, tal y como se habla de él en la referencia del Consejo de Ministros de 24 de noviembre de 2020. Dicho documento se localiza únicamente en la web del Consejo Interterritorial de Salud, debiendo recordar que la publicación en una página web no sustituye la publicación en el BOE, de conformidad con el principio de publicidad de las normas recogido en el art. 9.2 de la Constitución Española”.

 Las denuncias de las agrupaciones políticas PSOE y VOX que constituyen el presupuesto de las presentes diligencias de investigación penal apuntan asimismo a la posible comisión de un delito de malversación de caudales públicos. En la denuncia del PSOE se apunta a la posible comisión de dicho delito “al haber sido administrada una vacuna propiedad de la administración a quien no tiene derecho a ella según los protocolos establecidos”. Por parte de VOX, se afirma en su escrito de denuncia que “teniendo en cuenta que los cargos políticos han consumido dosis que en principio no les correspondían por estar destinadas a personas que tenían preferencia según el protocolo de vacunación se cuestiona por esta parte la posibilidad de que hubiera podido producirse una malversación de estos limitados recursos”. 

“No puede acogerse dicho argumento, ya que las autoridades y funcionarios públicos encargados del proceso de vacunación no han incorporado a su patrimonio particular, con fines de lucro ilícito, las vacunas remitidas, ni existen indicios de que las hayan transmitido o vendido por precio determinado a terceras personas, actuaciones que sí integrarían, de haberse acreditado, el núcleo esencial del delito, que es el perjuicio al patrimonio administrado”, rebate el Ministerio Fiscal. 

Tampoco estima la Fiscalia una posible existencia de un delito de tráfico de influencias del art. 428 del código penal, “ya que dicho tipo penal exige el dictado de una resolución que genere directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero, elementos que no concurren en el presente caso”; como también desecha el posible abuso de poder, al considerar que “debe suponer un contenido económico del que adolece el proceso de vacunación seguido en nuestra ciudad, sin que existan indicios de que ninguna de las autoridades o funcionarios actuantes se haya asegurado su participación en negociaciones, contratos o actuaciones”. 

Las actuaciones comenzaron tras conocerse la vacunación del entonces consejero de Sanidad; Javier Guerrero, lo que finalmente precipitaría su dimisión, y buena parte de su equipo en la Consejería de Sanidad. Lo primeros en denunciar fueron MDyC, el 28 de enero, tres días después, el 1 de febrero, haría lo propio el PSOE y al día siguiente Vox. 

Pero la investigación pronto se encontró con el primer obstáculo. Tras solicitar ll listado de personas vacunadas, la Fiscalía se encontró con que, a diferencia de la Ciudad, Ingesa no facilitaba la identidad completa de las personas incluidas, “con la consiguiente imposibilidad de llevar a cabo un correcto control de los vacunados por Ingesa”. La dirección territorial alegó a la Fiscalía que en la aplicación usada por Ingesa, Reg Vacu, consta únicamente el número de DNI de los vacunados. Tras muchos requerimientos, tantos que Fiscalía tuvo que aumentar los plazos para su entrega ante la desidia de Ingesa, se consiguió el listado, al igual que los de la Residencia Gerón, Ntra. Sra. De África y Cruz Blanca.

La Fiscalía archiva la denuncia por la vacunación de personas no incluidas en los grupos prioritarios


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