- Cada año deberán renovar el arrendamiento hasta agotar la duración estipulada sin posibilidad de prórroga, según estipula el contrato
- “Es una vivienda digna con fecha de caducidad, nunca será nuestra casa”, denuncian los adjudicatarios
- Cada año deberán renovar el arrendamiento hasta agotar la duración estipulada sin posibilidad de prórroga, según estipula el contrato
- “Es una vivienda digna con fecha de caducidad, nunca será nuestra casa”, denuncian los adjudicatarios
Y lo que dice el contrato es que “finalizada la duración pactada (25 años) y en su caso de las prórrogas sucesivas, el arrendatario deberá abandonar el inmueble, sin necesidad de requerimiento expreso del arrendador, dejándolo en el mismo estado que tenía cuando la ocupó, con la excepción del desgaste normal derivado del uso habitual de una vivienda”.
“Nunca va a ser mi casa”, lamenta un adjudicatario echando cálculos. Aun es joven, pero cuando se agote la duración del arrendamiento tendrá 55 años y una familia con hijos en la veintena. “¿Qué pasa entonces? ¿Y qué pasa si te pilla con 70 años? ¿Tienes que dejar tu casa?”, se pregunta indignado recordando que la explicación de Emvicesa fue muy distinta y les aseguraron que se renovaría el contrato una vez extinguido los primeros 25 años.